III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-14491)
Resolución 420/38281/2024, de 5 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación del Clúster Marítimo Español, sobre colaboración en el ámbito marítimo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Lunes 15 de julio de 2024

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se desee dar por terminado. En este supuesto, podrá acordarse la continuación de las
colaboraciones que estuvieran en marcha en el momento de la comunicación,
determinándose para ello un plazo para su finalización, que será improrrogable.
En el caso de incumplimiento, la parte cumplidora podrá notificar a la parte
incumplidora un requerimiento para que se cumpla en el plazo de un mes con las
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado a la Comisión de Seguimiento. Si transcurrido este plazo, persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de
la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
No se prevé régimen de indemnizaciones más allá de la resolución del convenio, en
el caso de que una de las partes incurra en alguna de las causas mencionadas con
anterioridad.

cve: BOE-A-2024-14491
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio
de Defensa, el Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, Antonio Piñeiro Sánchez.–
Por el Clúster Marítimo Español, el Presidente, Javier Garat Pérez

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X