III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-14478)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales, por la que se publica el Convenio con la Asociación Pro Derechos Humanos de España, para la organización de actividades de promoción de los derechos humanos en el marco del II Plan Nacional de Derechos Humanos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Lunes 15 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 88675

Séptima. Difusión de la colaboración y participación en el resultado.
La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales y
la APDHE se comprometen a dar máxima publicidad a este convenio.
Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras en las citadas
actividades, el mismo nivel de representación. De este modo, se comprometen a incluir y
difundir la presente colaboración en todo el material divulgativo y publicitario que se
edite, en cualquier soporte, con motivo de la colaboración prevista en la cláusula primera
del presente convenio.
A efectos de lo previsto en la presente cláusula, las partes se proporcionarán
mutuamente los modelos de marcas o logotipos que deban ser difundidos, y se ajustarán
en todo caso, cualquiera que sea el material en el que se inserten, a los diseños
facilitados que no podrán modificar ni alterar de ninguna manera sin el consentimiento
previo de la otra parte.
La utilización de materiales gráficos o de imagen vinculados a la colaboración se
limita exclusivamente a los fines de la presente colaboración sin que ello suponga la
concesión a favor ni de la Secretaría de Estado, ni de la APDHE, de ningún derecho, sea
de la naturaleza que sea, sobre el logotipo ni sobre la marca de la contraparte, y se
realizará de acuerdo con las correspondientes normas gráficas de cada una de las
partes.
En tal caso deberán comunicar y proporcionar a las otras partes la denominación e
imagen de la entidad colaboradora e indicar, en su caso, los soportes y material de
divulgación en los que se incluirá dicha imagen.
En todos los materiales que produzcan las partes deberá incluirse la siguiente línea
de créditos y representación: «Organizan: Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes y la Asociación Pro Derechos Humanos de España».
Las partes incluirán en sus respectivas páginas web un enlace a la página de la otra
parte durante la vigencia del presente convenio. Las obligaciones de difusión de las
partes como consecuencia de la actividad objeto de este Convenio no resultan
incompatibles o excluyentes de los acuerdos de patrocinio que la APDHE haya podido
concluir con terceros para la difusión de sus actividades. En todo caso, esos
patrocinadores no ostentan relación jurídica alguna frente al Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes, garantizando la APDHE su indemnidad frente a las
reclamaciones que aquéllas le pudieran dirigir.
Octava. Protección de datos.
Las partes se comprometen a observar la normativa vigente en materia de protección
de datos actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento General de Protección de Datos).
Propiedad intelectual y derechos de imagen.

Para la realización de los compromisos relativos a las actividades objeto del presente
Convenio, la APDHE gestionará todos los derechos de explotación (reproducción,
transformación, distribución y comunicación pública) y demás derivados de la propiedad
intelectual e industrial y de los derechos de imagen o de cualquier otro tipo necesarios
para la celebración de estas actividades y para la difusión de las mismas. El Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes no será responsable de ningún
tipo de consecuencia legal que pudiera derivarse de toda acción emprendida contra el
proyecto artístico desarrollado de acuerdo con el convenio.

cve: BOE-A-2024-14478
Verificable en https://www.boe.es

Novena.