III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-14528)
Resolución de 4 de julio de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la edición de la Revista Índice.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Lunes 15 de julio de 2024

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Tercero.
Que el Instituto Nacional de Estadística (INE) y la Universidad Autónoma de Madrid
(UAM), han venido colaborando desde el año 2003 en la edición de la Revista Índice
suscribiendo para ello diversos convenios, el último de ellos en el año 2018 y su
posterior prórroga en 2021. Dicha revista se ha venido editando de manera satisfactoria
por ambas partes ininterrumpidamente desde entonces cumpliendo la función de
promocionar el conocimiento de las fuentes estadísticas oficiales.
Cuarto.
Que, agotada la vigencia del último convenio suscrito y tras la experiencia obtenida
en estos años, se ha decidido firmar un nuevo instrumento de colaboración que recoja
adecuadamente los beneficios que aporta esta colaboración, para ambas instituciones.
Por todo ello, acuerdan suscribir el presente convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Cláusula primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es el diseño, edición y distribución de la revista
Índice – Revista de Estadística y Sociedad (en adelante, la Revista).
La Revista se publica periódicamente y dispone de versión impresa y versión
electrónica en Internet, recogerá las novedades en materia estadística, y en ella se
difundirán artículos y comentarios sobre las estadísticas oficiales españolas y europeas,
con particular atención a los métodos de obtención de los resultados de dichas
estadísticas. De esta forma, esta revista contribuye a que ambas instituciones firmantes
cumplan los fines que tienen encomendados de promoción de la estadística oficial y
difusión del conocimiento científico.
La Revista se distribuirá gratuitamente, o mediante venta por suscripción para los
colectivos o instituciones interesados, previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento
que se crea en la cláusula segunda de este convenio.
Los ingresos generados por la venta a suscriptores no revertirán en ningún caso a
las instituciones, sino que se destinarán íntegramente a la financiación de la Revista de
la forma que presupuestariamente se determine.
El INE ya tiene registrada la marca Índice como propia, para éste y otros fines. Es
responsabilidad del mismo mantener la vigencia del registro en el Registro de Patentes y
Marcas. La Revista se entenderá, a todos los efectos legales, como editada
conjuntamente por el INE y la UAM.
Constituye una obra colectiva de las dos entidades firmantes del presente convenio, y será
editada y divulgada, haciendo referencia a esta colaboración, bajo el nombre del INE y la UAM.
Para la transformación de dichos materiales se requerirá el consentimiento del INE y la UAM.
Cláusula segunda.

Comisión de Seguimiento.

Por parte del INE:
– Director General de Planificación Estadística y Procesos.
– Subdirector General de Difusión y Comunicación.
Por parte de la UAM:
– Vicerrector de Transferencia, Innovación y Cultura.
– Director General de la Fundación General.

cve: BOE-A-2024-14528
Verificable en https://www.boe.es

Se crea una Comisión de Seguimiento para velar por el desarrollo del convenio con
la siguiente composición: