III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-14530)
Resolución de 4 de julio de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación de Grandes Pagos de España, para la promoción de la internacionalización del sector español de los vinos de Pago de España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170
Lunes 15 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 88891
exterior realizadas por éstas y para favorecer la participación de las empresas españolas
del sector en las actividades y acciones que ambas entidades organicen.
Segunda.
2.1
Líneas de trabajo objeto de la colaboración.
Actividades concretas a desarrollar.
Las actividades que las Partes acuerdan promover y desarrollar conjuntamente en el
marco de la relación de colaboración que se establece mediante el presente convenio
son las siguientes:
– Seminarios, talleres y foros de debate sobre la internacionalización del sector
español de los vinos de pago españoles.
– Actividades de promoción internacional del sector de los vinos de pago, tales como
jornadas técnicas, seminarios de oportunidades en mercados estratégicos y misiones
inversas de compradores o prescriptores, entre otras; y en su caso, en colaboración con
otras organizaciones del sector.
Para su realización, las Partes podrán elaborar un plan de trabajo conjunto, en el que
se incluyan las actividades previstas a realizar conjuntamente en el marco del convenio
(en adelante, el Plan de Trabajo). Este plan tendrá carácter anual y deberá ser aprobado
en sede de la Comisión de Seguimiento.
Para el desarrollo y ejecución de cada una de las actividades incluidas en los Planes
de Trabajo, las Partes se comprometen a suscribir convenios específicos donde se
desarrollen los detalles de la actividad, las acciones concretas a desarrollar por cada una
de las Partes, así como el presupuesto conjunto acordado y demás cuestiones que
resulten pertinentes para la celebración de la actividad, entre otras cuestiones.
Quedan excluidas de ser objeto de convenio específico al amparo del presente
convenio aquellas acciones que desarrolle ICEX de manera individual como apoyo
directo a la internacionalización del sector español de los vinos de España en su
conjunto.
2.2
Otras formas de colaboración entre las Partes.
a) Invitación por parte de Grandes Pagos de España a la persona titular de la
dirección de la Industria Alimentaria de ICEX a participar en las reuniones de sus
comisiones o grupos de internacionalización.
b) Identificación por parte de Grandes Pagos de España de potenciales ponentes
que participen en seminarios y catas internacionales donde se ponga en valor la
excelencia y diversidad de productos del sector.
c) Participación de representantes de Grandes Pagos de España en misiones
inversas a España de prescriptores o profesionales del sector.
d) Aportación a ICEX por parte de Grandes Pagos de España de las notas de
prensa e infografías que elabore en el desarrollo de su actividad para que puedan ser
difundidas a través de la arquitectura de portales de www.foodswinesfromspain.com
e) Propuesta de expertos por parte de Grandes Pagos de España que puedan
participar en los vídeos y grabaciones que ICEX elabore para el Portal Foods and Wines
from Spain.
f) Adquisición del derecho de ICEX a la reproducción total de los citados materiales,
así como a la reproducción parcial o de fragmentos de imágenes y fotografías de las
producciones, para su utilización en las actuaciones institucionales que le son propias,
tales como ferias, eventos, congresos, acuerdos con organismos públicos nacionales o
extranjeros, etc. sin límite temporal ni geográfico. ICEX podrá asimismo incluirlos en su
web corporativa, en cualquier publicación audiovisual, impresa o multimedia propia, sin
cve: BOE-A-2024-14530
Verificable en https://www.boe.es
Además, las Partes acuerdan colaborar mediante las siguientes acciones, con las
mismas finalidades que las indicadas anteriormente:
Núm. 170
Lunes 15 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 88891
exterior realizadas por éstas y para favorecer la participación de las empresas españolas
del sector en las actividades y acciones que ambas entidades organicen.
Segunda.
2.1
Líneas de trabajo objeto de la colaboración.
Actividades concretas a desarrollar.
Las actividades que las Partes acuerdan promover y desarrollar conjuntamente en el
marco de la relación de colaboración que se establece mediante el presente convenio
son las siguientes:
– Seminarios, talleres y foros de debate sobre la internacionalización del sector
español de los vinos de pago españoles.
– Actividades de promoción internacional del sector de los vinos de pago, tales como
jornadas técnicas, seminarios de oportunidades en mercados estratégicos y misiones
inversas de compradores o prescriptores, entre otras; y en su caso, en colaboración con
otras organizaciones del sector.
Para su realización, las Partes podrán elaborar un plan de trabajo conjunto, en el que
se incluyan las actividades previstas a realizar conjuntamente en el marco del convenio
(en adelante, el Plan de Trabajo). Este plan tendrá carácter anual y deberá ser aprobado
en sede de la Comisión de Seguimiento.
Para el desarrollo y ejecución de cada una de las actividades incluidas en los Planes
de Trabajo, las Partes se comprometen a suscribir convenios específicos donde se
desarrollen los detalles de la actividad, las acciones concretas a desarrollar por cada una
de las Partes, así como el presupuesto conjunto acordado y demás cuestiones que
resulten pertinentes para la celebración de la actividad, entre otras cuestiones.
Quedan excluidas de ser objeto de convenio específico al amparo del presente
convenio aquellas acciones que desarrolle ICEX de manera individual como apoyo
directo a la internacionalización del sector español de los vinos de España en su
conjunto.
2.2
Otras formas de colaboración entre las Partes.
a) Invitación por parte de Grandes Pagos de España a la persona titular de la
dirección de la Industria Alimentaria de ICEX a participar en las reuniones de sus
comisiones o grupos de internacionalización.
b) Identificación por parte de Grandes Pagos de España de potenciales ponentes
que participen en seminarios y catas internacionales donde se ponga en valor la
excelencia y diversidad de productos del sector.
c) Participación de representantes de Grandes Pagos de España en misiones
inversas a España de prescriptores o profesionales del sector.
d) Aportación a ICEX por parte de Grandes Pagos de España de las notas de
prensa e infografías que elabore en el desarrollo de su actividad para que puedan ser
difundidas a través de la arquitectura de portales de www.foodswinesfromspain.com
e) Propuesta de expertos por parte de Grandes Pagos de España que puedan
participar en los vídeos y grabaciones que ICEX elabore para el Portal Foods and Wines
from Spain.
f) Adquisición del derecho de ICEX a la reproducción total de los citados materiales,
así como a la reproducción parcial o de fragmentos de imágenes y fotografías de las
producciones, para su utilización en las actuaciones institucionales que le son propias,
tales como ferias, eventos, congresos, acuerdos con organismos públicos nacionales o
extranjeros, etc. sin límite temporal ni geográfico. ICEX podrá asimismo incluirlos en su
web corporativa, en cualquier publicación audiovisual, impresa o multimedia propia, sin
cve: BOE-A-2024-14530
Verificable en https://www.boe.es
Además, las Partes acuerdan colaborar mediante las siguientes acciones, con las
mismas finalidades que las indicadas anteriormente: