III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-14380)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Elawan Energy, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Elawan Ayora III, de 20,99 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Carcelén (Albacete), y Jarafuel y Zarra (Valencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 13 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 88155
compensatorias con las zonas propuestas para la implementación de las medidas de
mejora de hábitat estepario. La citada memoria requerirá informe previo favorable y la
ejecución de estas medidas será supervisada por el Servicio Provincial. En todo caso, la
viabilidad del proyecto está condicionada a la viabilidad de las medidas compensatorias,
que deberán empezar a ejecutarse con anterioridad al inicio de las obras.
– Debe incluirse en el estudio de las sinergias la «Planta Solar Fotovoltaica Híbrida
Sierra de Boquerón de 21,75 MW y sus infraestructuras de evacuación y las afecciones
con respecto al aeródromo de extinción de incendios forestales de Carcelén situado
a 2.000 metros al suroeste de las PSF. Y plantearse las medidas necesarias al respecto,
como selección de materiales para los paneles no susceptibles de provocar destellos y/o
tratamiento anti-reflectante de los módulos fotovoltaicos.
– El calendario de obras se fijará en coordinación con la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad, Consejería de Desarrollo Sostenible Junta de Comunidades de
Castilla la Mancha y Direcció General de Medi Natural i d´Avaluació Ambiental
Consellería d´Agricultura, Desenvolupament Rural, Emergència Climàtica i Transició
Ecològica.
– Con el objetivo de conseguir la mayor naturalización y adaptación posible de la
instalación con el medio donde se instaurará, huyendo de diseños continuos y
colmatados de módulos solares, se adaptará el diseño de la planta, incluyendo huecos
que puedan constituir «cazaderos potenciales» para aves y otras especies que se
alimentan de roedores e insectos y de otras especies presa. Además, se incluirán
enclaves naturalizados que impulsen el uso e implantación de fauna en la planta. Se
crearán o, en su caso, se preservarán, islas o manchas de vegetación arbustiva
distribuidas en mosaico dentro de las instalaciones.
– Las plantaciones se realizarán en función de la climatología, entre los meses de
octubre y abril y se deberá garantizar el mantenimiento (riegos, podas, etc.) de la misma
durante la vida útil de la instalación. Se deberá presentar un proyecto específico que
contemple esta medida, y los corredores para mejorar la conectividad, para su
aprobación por la Delegación Provincial, debiendo contemplar el mantenimiento de las
plantaciones hasta su total arraigo.
– Se deberá presentar un plan de restauración de las zonas que queden
desprovistas de vegetación, así como de posibles taludes de viales de acceso, debiendo
contemplarse medidas de revegetación atendiendo a la normativa vigente sobre
materiales forestales de reproducción.
– Se elaborará un plan de restauración paisajística, que se tendrá que implementar
al finalizar las obras, donde se recojan de una manera pormenorizada las actuaciones de
instalación y mantenimiento de la plantación de la pantalla perimetral interior y las
teselas de vegetación del interior de la planta.
– Se deberá realizar el proyecto respetando el dominio público hidráulico y su zona
de servidumbre, y no colocando ningún tipo de instalación (como módulos fotovoltaicos y
líneas eléctricas) en la Zona de Flujo Preferente que puedan suponer un obstáculo a los
cauces, permanentes y temporales, presentes en la zona del proyecto.
– Se debe presentar un estudio de Incidencia en el Régimen de Corrientes, en el
que se indiquen las líneas principales de flujo desbordado y escorrentías, y el estudio
Hidrológico de las cuencas vertientes para la determinación de los caudales de crecida
para los distintos periodos de retorno considerados (100 y 500 años correspondiente
este último a las zonas inundables según R.D.P.H.), además de un estudio Hidráulico de
la zona de incidencia para determinar las capacidades de desagüe de los cauces, las
zonas de desbordamiento y los calados máximos alcanzados. Así como una descripción
de las medidas a adoptar para recuperar la escorrentía natural de la zona tras la
instalación de la planta, considerando todos los cauces presentes.
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado del IDAA y, en particular, lo indicado en el
apartado «Plan de vigilancia ambiental, Desmantelamiento y Restauración».
cve: BOE-A-2024-14380
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 169
Sábado 13 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 88155
compensatorias con las zonas propuestas para la implementación de las medidas de
mejora de hábitat estepario. La citada memoria requerirá informe previo favorable y la
ejecución de estas medidas será supervisada por el Servicio Provincial. En todo caso, la
viabilidad del proyecto está condicionada a la viabilidad de las medidas compensatorias,
que deberán empezar a ejecutarse con anterioridad al inicio de las obras.
– Debe incluirse en el estudio de las sinergias la «Planta Solar Fotovoltaica Híbrida
Sierra de Boquerón de 21,75 MW y sus infraestructuras de evacuación y las afecciones
con respecto al aeródromo de extinción de incendios forestales de Carcelén situado
a 2.000 metros al suroeste de las PSF. Y plantearse las medidas necesarias al respecto,
como selección de materiales para los paneles no susceptibles de provocar destellos y/o
tratamiento anti-reflectante de los módulos fotovoltaicos.
– El calendario de obras se fijará en coordinación con la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad, Consejería de Desarrollo Sostenible Junta de Comunidades de
Castilla la Mancha y Direcció General de Medi Natural i d´Avaluació Ambiental
Consellería d´Agricultura, Desenvolupament Rural, Emergència Climàtica i Transició
Ecològica.
– Con el objetivo de conseguir la mayor naturalización y adaptación posible de la
instalación con el medio donde se instaurará, huyendo de diseños continuos y
colmatados de módulos solares, se adaptará el diseño de la planta, incluyendo huecos
que puedan constituir «cazaderos potenciales» para aves y otras especies que se
alimentan de roedores e insectos y de otras especies presa. Además, se incluirán
enclaves naturalizados que impulsen el uso e implantación de fauna en la planta. Se
crearán o, en su caso, se preservarán, islas o manchas de vegetación arbustiva
distribuidas en mosaico dentro de las instalaciones.
– Las plantaciones se realizarán en función de la climatología, entre los meses de
octubre y abril y se deberá garantizar el mantenimiento (riegos, podas, etc.) de la misma
durante la vida útil de la instalación. Se deberá presentar un proyecto específico que
contemple esta medida, y los corredores para mejorar la conectividad, para su
aprobación por la Delegación Provincial, debiendo contemplar el mantenimiento de las
plantaciones hasta su total arraigo.
– Se deberá presentar un plan de restauración de las zonas que queden
desprovistas de vegetación, así como de posibles taludes de viales de acceso, debiendo
contemplarse medidas de revegetación atendiendo a la normativa vigente sobre
materiales forestales de reproducción.
– Se elaborará un plan de restauración paisajística, que se tendrá que implementar
al finalizar las obras, donde se recojan de una manera pormenorizada las actuaciones de
instalación y mantenimiento de la plantación de la pantalla perimetral interior y las
teselas de vegetación del interior de la planta.
– Se deberá realizar el proyecto respetando el dominio público hidráulico y su zona
de servidumbre, y no colocando ningún tipo de instalación (como módulos fotovoltaicos y
líneas eléctricas) en la Zona de Flujo Preferente que puedan suponer un obstáculo a los
cauces, permanentes y temporales, presentes en la zona del proyecto.
– Se debe presentar un estudio de Incidencia en el Régimen de Corrientes, en el
que se indiquen las líneas principales de flujo desbordado y escorrentías, y el estudio
Hidrológico de las cuencas vertientes para la determinación de los caudales de crecida
para los distintos periodos de retorno considerados (100 y 500 años correspondiente
este último a las zonas inundables según R.D.P.H.), además de un estudio Hidráulico de
la zona de incidencia para determinar las capacidades de desagüe de los cauces, las
zonas de desbordamiento y los calados máximos alcanzados. Así como una descripción
de las medidas a adoptar para recuperar la escorrentía natural de la zona tras la
instalación de la planta, considerando todos los cauces presentes.
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado del IDAA y, en particular, lo indicado en el
apartado «Plan de vigilancia ambiental, Desmantelamiento y Restauración».
cve: BOE-A-2024-14380
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 169