I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-14211)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por la que se establecen las condiciones de uso de firma electrónica no criptográfica, en las relaciones de las personas interesadas con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social adscritos a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Viernes 12 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 87393

En concreto, el sistema asegurará una adecuada trazabilidad para lo cual conservará
por cada firma y, por tanto, por cada proceso de autenticación, la siguiente información
sellada con un certificado de sello electrónico:
a) Nombre y apellidos de la persona interesada.
b) DNI/NIF/NIE de la persona interesada.
c) Sistema de identificación previa empleado en el acceso al servicio.
d) Número de teléfono para envío del SMS o, en su caso, dirección de correo
electrónico y código de seguridad de autenticación.
e) Fecha y hora de la autenticación mediante código de seguridad.
f) Fecha y hora de la firma.
g) Resumen criptográfico de los datos firmados con un algoritmo de hash que
cumpla las especificaciones del Esquema Nacional de Seguridad.
h) Referencia al justificante de firma mediante el código electrónico de autenticidad
asociado a dicho justificante.
En el caso de que los datos de identificación obtenidos en la autenticación anterior a
la firma no coincidan con los datos de identificación obtenidos en la aplicación o servicio
desde el que se invoca la firma, el sistema no permitirá la realización de la misma,
informando de esta eventualidad al sistema de información asociado al procedimiento o
servicio electrónico que haya requerido dicha firma.
Sexto. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-14211
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 4 de julio de 2024.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social y
Pensiones, Francisco de Borja Suárez Corujo.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X