III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2024-14290)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la VI Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por el que se determinan las condiciones de concesión de una subvención nominativa, prevista en el Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Viernes 12 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 87696
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
14290
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por
la que se publica la VI Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma de
las Illes Balears, por el que se determinan las condiciones de concesión de
una subvención nominativa, prevista en el Real Decreto-ley 12/2019, de 11
de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos
de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial
Thomas Cook.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
de la VI Adenda al convenio por el que se determinan las condiciones de concesión de una
subvención nominativa de la Secretaría de Estado de Turismo a la Comunidad Autónoma de
Illes Balears, prevista en el Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre (BOE de 12 de
octubre de 2019), por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la
apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook.
Madrid, 3 de julio de 2024.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez
Grau.
ANEXO
VI Adenda al convenio por el que se determinan las condiciones de concesión de
una subvención nominativa de la Secretaría de Estado de Turismo a la Comunidad
Autónoma de Illes Balears, prevista en el Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre
(BOE de 12 de octubre de 2019), por el que se adoptan medidas urgentes
para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia
del grupo empresarial Thomas Cook
De una parte, doña Rosario Sánchez Grau, Secretaría de Estado de Turismo,
nombrada por el Real Decreto 406/2024, de 16 de abril, y que actúa de conformidad con
lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico
del Sector Público; y la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan los
límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias;
De otra parte, don Jaume Bauzá Mayol, Consejero de Turismo, Cultura y Deportes
del Gobierno de Illes Balears nombrado por Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la
Presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros
de Gobierno de las Illes Balears, actuando en nombre y representación de la
Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears como Entidad
beneficiaria, en el ejercicio de las competencias en turismo, cultura y deporte,
atribuidas por el artículo 2.7 del Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las
Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica
de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,
y según lo previsto en el artículo único del Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, del
presidente de las Illes Balears, por el cual delega en los titulares de las consejerías
competentes por razón de la materia la firma de los convenios de colaboración con el
Estado.
cve: BOE-A-2024-14290
Verificable en https://www.boe.es
Illes Balears, 28 de junio de 2024.
Núm. 168
Viernes 12 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 87696
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
14290
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por
la que se publica la VI Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma de
las Illes Balears, por el que se determinan las condiciones de concesión de
una subvención nominativa, prevista en el Real Decreto-ley 12/2019, de 11
de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos
de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial
Thomas Cook.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
de la VI Adenda al convenio por el que se determinan las condiciones de concesión de una
subvención nominativa de la Secretaría de Estado de Turismo a la Comunidad Autónoma de
Illes Balears, prevista en el Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre (BOE de 12 de
octubre de 2019), por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la
apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook.
Madrid, 3 de julio de 2024.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez
Grau.
ANEXO
VI Adenda al convenio por el que se determinan las condiciones de concesión de
una subvención nominativa de la Secretaría de Estado de Turismo a la Comunidad
Autónoma de Illes Balears, prevista en el Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre
(BOE de 12 de octubre de 2019), por el que se adoptan medidas urgentes
para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia
del grupo empresarial Thomas Cook
De una parte, doña Rosario Sánchez Grau, Secretaría de Estado de Turismo,
nombrada por el Real Decreto 406/2024, de 16 de abril, y que actúa de conformidad con
lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico
del Sector Público; y la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan los
límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias;
De otra parte, don Jaume Bauzá Mayol, Consejero de Turismo, Cultura y Deportes
del Gobierno de Illes Balears nombrado por Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la
Presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros
de Gobierno de las Illes Balears, actuando en nombre y representación de la
Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears como Entidad
beneficiaria, en el ejercicio de las competencias en turismo, cultura y deporte,
atribuidas por el artículo 2.7 del Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las
Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica
de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,
y según lo previsto en el artículo único del Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, del
presidente de las Illes Balears, por el cual delega en los titulares de las consejerías
competentes por razón de la materia la firma de los convenios de colaboración con el
Estado.
cve: BOE-A-2024-14290
Verificable en https://www.boe.es
Illes Balears, 28 de junio de 2024.