III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-14202)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Planta FV 122, SL, autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Scorpius Solar, de 82,639 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo (Palencia) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 11 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 87331

Se ha recibido informe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de
la Junta de Castilla y León en el que advierte de la afección a una línea aéreosubterránea a 30 kV de evacuación de parques eólicos que se tramitan en la zona donde
pretende instalarse la FV Scorpius. Trasladado este escrito al promotor, este responde
que se ha puesto en contacto con el promotor del parque eólico y que están en vías de
resolver la afección. Trasladado dicha respuesta al organismo, no habiéndose recibido
contestación alguna en el plazo reglamentario, se entiende la conformidad del mismo en
virtud de lo dispuesto en los artículos 131.4 y 147.2 del referido Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre.
Se ha recibido respuesta del Ayuntamiento de Herrera de Pisuerga en la que
manifiesta su disconformidad con el emplazamiento de la subestación 400/132/300 kV y
la línea a 400 kV, e indica que los promotores de la zona deberán ponerse de acuerdo
para compartir infraestructuras. Estas infraestructuras no son objeto del presente
expediente. Trasladado dicho informe al promotor, éste indica que se ha intentado
concentrar las parcelas afectadas y que presenta acuerdos con todos los propietarios.
Se da traslado de la respuesta del promotor al Ayuntamiento, que establece la necesidad
de presentar un proyecto paisajístico. Finalmente, el promotor acepta el condicionado
establecido por el citado Ayuntamiento.
Preguntados la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León,
la Dirección General de Transportes de la Junta de Castilla y León, Telefónica de
España, SA y Viesgo Distribución Eléctrica, SL, no se ha recibido contestación por su
parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en
los artículos 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la
instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido
sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 20 de julio de 2021 en
el «Boletín Oficial del Estado», el 21 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Palencia», el 15 de julio de 2021 en el «Diario Palentino» y con la
exposición al público en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Herrera de
Pisuerga y Páramo de Boedo. No se han recibido alegaciones.
Cumplidos los preceptivos trámites del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y
de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el Área de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Palencia emitió informe en fecha 21 de diciembre de 2021.
Posteriormente emitió comunicaciones complementarias de fechas 7 de febrero de 2022
y 28 de febrero de 2022.
Considerando que en virtud del artículo 7 del Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de
marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano
sustantivo debe tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto ambiental
efectuada.
Durante la tramitación del procedimiento iniciado de autorización administrativa
previa y de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública, en fecha 1 de
abril de 2022 el promotor, solicitó el procedimiento de determinación de afección
ambiental para el proyecto de energías renovables «planta solar fotovoltaica Scorpius
Solar de 84,99 MWp y su infraestructura de evacuación a 30 kV», en virtud de la
disposición transitoria tercera del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.
Mediante Resolución de fecha 11 de julio de 2022 de la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
se formula Informe de Determinación de Afección Ambiental (en adelante, IDAA), en el
sentido de que el proyecto puede continuar con la correspondiente tramitación del
procedimiento de autorización al no apreciarse efectos adversos significativos sobre el
medio ambiente que requieran su sometimiento a procedimiento de evaluación
ambiental, siempre que se cumplan las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias establecidas en la citada resolución de IDAA.

cve: BOE-A-2024-14202
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Núm. 167