II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos de la Administración General del Estado. (BOE-A-2024-14098)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso y el acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección
88 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166

Miércoles 10 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 86771

Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación directa mínima necesaria que se
debe alcanzar para superar el ejercicio en cada sistema de acceso.
La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se
deriven de los baremos establecidos por la Comisión Permanente de Selección, teniendo
en cuenta lo siguiente:
Las puntuaciones directas mínimas que la Comisión Permanente de Selección fije
para superar el ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para
superarlas. Las puntuaciones directas mínimas no podrán ser inferiores al 30 por ciento
de la puntuación directa máxima obtenible.
Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas del ejercicio.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
4.2

Fase de concurso y certificado de requisitos y méritos.

4.2.1 Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que la hubieran
superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar el certificado de
requisitos y méritos cumplimentado conforme a la base específica 7.4 de esta
convocatoria.
4.2.2 Acreditación de requisitos y méritos.
El certificado de requisitos y méritos habrá de contener la acreditación de los
requisitos específicos contenidos en los puntos 2.2 y 2.3 y los méritos contenidos en el
punto 4.2.3 de estas normas específicas según los siguientes modelos:
‒ Modelo 4 para el personal funcionario de carrera.
‒ Modelo 5 para el personal laboral fijo.
4.2.3 Fase de concurso. En esta fase se valorarán, mediante el certificado de
requisitos y méritos previsto en el punto 4.2.1 de este anexo, los siguientes méritos:
4.2.3.1
a)

Personal funcionario de carrera.

Antigüedad:

b) Grado personal consolidado y formalizado en la Administración General del
Estado:
Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», siempre que esté formalizado en la
Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por

cve: BOE-A-2024-14098
Verificable en https://www.boe.es

Se valorará la antigüedad del funcionario/a, hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, en los cuerpos o escalas incluidos en la norma específica 2.2.1 de este
anexo y en los términos indicados en la misma, a razón de 2,2 punto, por año completo
de servicios, hasta un máximo de 39,6 puntos.
Se tendrán en cuenta los servicios reconocidos en cuerpos o escalas del subgrupo
C2 de la Administración General del Estado, hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre. Asimismo, se valorará
también la experiencia acreditada del personal que, con carácter interino o temporal,
hubiera desempeñado funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado.