II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos de la Administración General del Estado. (BOE-A-2024-14098)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso y el acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166

Miércoles 10 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 86741

octubre, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se
aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y
en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y el Libro Segundo del
Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de
servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Bases comunes
Los procesos selectivos previstos en esta resolución se rigen por la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán
los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la
Administración General del Estado, por la Orden TFP/510/2019, de 30 de abril, por la
que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos
selectivos para el ingreso o el acceso a los cuerpos o escalas de funcionarios cuya
selección corresponde al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, y por el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y se desarrollarán de acuerdo
con las siguientes:
Bases específicas
1. Las bases específicas de la convocatoria serán de aplicación para todos los
procesos selectivos objeto de esta convocatoria, a excepción de las normas específicas
que vendrán recogidas en el anexo de cada uno de ellos
2.

Los programas y pruebas que han de regir la fase de oposición son los que figuran
en el anexo de cada proceso selectivo

3.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente
por aquellas cuyo apellido comience por la letra «W», de conformidad con lo previsto en
la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública
(BOE del 29), salvo que al tiempo de publicación de las listas provisionales de admitidos
y excluidos se haya realizado y publicado el resultado del nuevo sorteo de la letra
derivado de la Oferta de Empleo Público para el año 2024, en cuyo caso será la letra
resultante del mismo la que se utilizará para determinar el orden de actuación de los
aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección del
Instituto Nacional de Administración Pública (en adelante INAP) dictará resolución, en el
plazo máximo de un mes, por la que se declaran aprobadas las listas de personas
admitidas y excluidas, sin perjuicio de que por razones acreditadas pueda
excepcionalmente acordarse la ampliación de dicho plazo por un mes, en los términos
establecidos en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en atención al elevado número
de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en los procesos
selectivos convocados por esta resolución. En esta resolución, que se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en la base específica 9.2, se
indicarán las relaciones de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran
expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como
el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.
3.2 Una vez comenzado cada proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
demás ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

cve: BOE-A-2024-14098
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3. Desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición