III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-14062)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IX Convenio colectivo de Decathlon España, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Martes 9 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 86445
correspondiente afectado por el cálculo atendiendo a los porcentajes de progresión que
en su caso se registren en función de lo establecido en la tabla siguiente:
Tabla alternativa de prima 2024
Sistema de prima por función
Vendedor/a deportista y Técnico
de Taller.
Sistema de primas aplicable
Fuente para el cálculo
– 0 a 5 %: Progresión del volumen de ventas omnicanal sin IVA (venta en
tienda física + Internet) de productos vendidos de la sección/consolidación/
deporte(s) de la tienda en la que esté principalmente referenciado/a el/la
colaborador/a.
Estableciéndose en este apartado de la progresión omnicanal que el 4,4 %
de progresión da el máximo de prima.
– 0 a 5 %: Progresión del volumen de ventas circulares sin IVA de la tienda
(in store) en la que esté referenciado/a el/la colaborador/a.
Estableciéndose en este apartado de la progresión de ventas circulares un
porcentaje de activación de prima y un porcentaje de progresión para máximo
de prima en función de los siguientes criterios:
Programa de gestión tienda.
● Las tiendas de tipo 1 podrán activar la prima por ventas circulares
siempre que mensualmente registren una progresión igual o superior al 10 %,
estableciéndose una progresión de 20 % o más para máximo de prima.
● Las tiendas de tipo 2 podrán activar la prima por ventas circulares
siempre que mensualmente registren una progresión igual o superior al 15 %,
estableciéndose una progresión de 25 % o más para máximo de prima.
– En todo caso resultará de aplicación la regla final anteriormente detallada a fin
de determinar si el acceso a la prima en esta categoría de ventas por prima
circular es del 100 % del acceso determinado según corresponda en el apartado
anterior o del 50 % de dicho acceso en función de la antedicha regla final en el
caso de reducción del volumen de ventas en los términos expuestos.
– 0 a 5 %: Progresión del volumen de ventas omnicanal sin IVA (venta en
tienda física + Internet) de productos vendidos de la tienda en la que esté
referenciado/a el/la colaborador/a.
Estableciéndose en este apartado de la progresión omnicanal que el 4,4 %
de progresión da el máximo de prima.
– 0 a 5 %: Progresión del volumen de ventas circulares sin IVA de la tienda
(in store) en la que esté referenciado/a el/la colaborador/a.
Estableciéndose en este apartado de la progresión de ventas circulares un
porcentaje de activación de prima y un porcentaje de progresión para máximo
de prima en función de los siguientes criterios:
Azafata/o de caja y/o recepción/
Programa de gestión tienda.
● Las tiendas de tipo 1 podrán activar la prima por ventas circulares
acompañamiento al pago/servicios.
siempre que mensualmente registren una progresión igual o superior al 10 %,
estableciéndose una progresión de 20 % o más para máximo de prima.
● Las tiendas de tipo 2 podrán activar la prima por ventas circulares
siempre que mensualmente registren una progresión igual o superior al 15 %,
estableciéndose una progresión de 25 % o más para máximo de prima.
– En todo caso resultará de aplicación la regla final anteriormente detallada a fin
de determinar si el acceso a la prima en esta categoría de ventas por prima
circular es del 100 % del acceso determinado según corresponda en el apartado
anterior o del 50 % de dicho acceso en función de la antedicha regla final en el
caso de reducción del volumen de ventas en los términos expuestos.
cve: BOE-A-2024-14062
Verificable en https://www.boe.es
Función
Núm. 165
Martes 9 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 86445
correspondiente afectado por el cálculo atendiendo a los porcentajes de progresión que
en su caso se registren en función de lo establecido en la tabla siguiente:
Tabla alternativa de prima 2024
Sistema de prima por función
Vendedor/a deportista y Técnico
de Taller.
Sistema de primas aplicable
Fuente para el cálculo
– 0 a 5 %: Progresión del volumen de ventas omnicanal sin IVA (venta en
tienda física + Internet) de productos vendidos de la sección/consolidación/
deporte(s) de la tienda en la que esté principalmente referenciado/a el/la
colaborador/a.
Estableciéndose en este apartado de la progresión omnicanal que el 4,4 %
de progresión da el máximo de prima.
– 0 a 5 %: Progresión del volumen de ventas circulares sin IVA de la tienda
(in store) en la que esté referenciado/a el/la colaborador/a.
Estableciéndose en este apartado de la progresión de ventas circulares un
porcentaje de activación de prima y un porcentaje de progresión para máximo
de prima en función de los siguientes criterios:
Programa de gestión tienda.
● Las tiendas de tipo 1 podrán activar la prima por ventas circulares
siempre que mensualmente registren una progresión igual o superior al 10 %,
estableciéndose una progresión de 20 % o más para máximo de prima.
● Las tiendas de tipo 2 podrán activar la prima por ventas circulares
siempre que mensualmente registren una progresión igual o superior al 15 %,
estableciéndose una progresión de 25 % o más para máximo de prima.
– En todo caso resultará de aplicación la regla final anteriormente detallada a fin
de determinar si el acceso a la prima en esta categoría de ventas por prima
circular es del 100 % del acceso determinado según corresponda en el apartado
anterior o del 50 % de dicho acceso en función de la antedicha regla final en el
caso de reducción del volumen de ventas en los términos expuestos.
– 0 a 5 %: Progresión del volumen de ventas omnicanal sin IVA (venta en
tienda física + Internet) de productos vendidos de la tienda en la que esté
referenciado/a el/la colaborador/a.
Estableciéndose en este apartado de la progresión omnicanal que el 4,4 %
de progresión da el máximo de prima.
– 0 a 5 %: Progresión del volumen de ventas circulares sin IVA de la tienda
(in store) en la que esté referenciado/a el/la colaborador/a.
Estableciéndose en este apartado de la progresión de ventas circulares un
porcentaje de activación de prima y un porcentaje de progresión para máximo
de prima en función de los siguientes criterios:
Azafata/o de caja y/o recepción/
Programa de gestión tienda.
● Las tiendas de tipo 1 podrán activar la prima por ventas circulares
acompañamiento al pago/servicios.
siempre que mensualmente registren una progresión igual o superior al 10 %,
estableciéndose una progresión de 20 % o más para máximo de prima.
● Las tiendas de tipo 2 podrán activar la prima por ventas circulares
siempre que mensualmente registren una progresión igual o superior al 15 %,
estableciéndose una progresión de 25 % o más para máximo de prima.
– En todo caso resultará de aplicación la regla final anteriormente detallada a fin
de determinar si el acceso a la prima en esta categoría de ventas por prima
circular es del 100 % del acceso determinado según corresponda en el apartado
anterior o del 50 % de dicho acceso en función de la antedicha regla final en el
caso de reducción del volumen de ventas en los términos expuestos.
cve: BOE-A-2024-14062
Verificable en https://www.boe.es
Función