T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-13994)
Sala Segunda. Sentencia 81/2024, de 3 de junio de 2024. Recurso de amparo 3819-2020. Promovido por doña Lucía López Lozano en relación con la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, que desestimó, en suplicación, su demanda en procedimiento de despido. Supuesta vulneración del derecho a no padecer discriminación: inexistencia de prueba indiciaria de discriminación por identidad de género como causa de extinción de la relación laboral (STC 67/2022).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. TC. Pág. 85398

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
13994

Sala Segunda. Sentencia 81/2024, de 3 de junio de 2024. Recurso de
amparo 3819-2020. Promovido por doña Lucía López Lozano en relación con
la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, con sede en Sevilla, que desestimó, en suplicación, su
demanda en procedimiento de despido. Supuesta vulneración del derecho a
no padecer discriminación: inexistencia de prueba indiciaria de discriminación
por identidad de género como causa de extinción de la relación laboral (STC
67/2022).

ECLI:ES:TC:2024:81
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña
Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y las magistradas y magistrados doña María
Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, don
César Tolosa Tribiño y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 3819-2020, promovido por doña Lucía López Lozano,
representada por la procuradora de los tribunales doña Valentina López Valero y
defendida por el letrado don Valentín J. Aguilar Villuendas, contra la sentencia dictada
por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en
Sevilla, el 24 de junio de 2020, que estima el recurso de suplicación núm. 241-2019,
interpuesto por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía
contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Córdoba el 31 de julio
de 2018 en procedimiento de despido núm. 867-2018. Ha intervenido el Ministerio Fiscal.
Se ha personado y formulado alegaciones la Junta de Andalucía. Ha sido ponente el
magistrado don César Tolosa Tribiño.
I. Antecedentes

2. Los hechos en los que se funda el presente proceso de amparo, tal y como se
derivan de los hechos declarados probados en las resoluciones de instancia, son,
sucintamente expuestos, los siguientes:
a) La recurrente en amparo, con contrato de trabajo temporal de interinidad suscrito
el 9 de agosto de 2007, comenzó a prestar servicios, desde el 3 de septiembre de 2007,
para la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo de la Junta de Andalucía, con destino
en el Museo Arqueológico de Córdoba.

cve: BOE-A-2024-13994
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1. El día 10 de noviembre de 2020, previo nombramiento de la procuradora de los
tribunales del turno de oficio, doña Lucía López Lozano presentó en el registro general
del Tribunal Constitucional demanda de amparo contra las resoluciones judiciales a las
que se ha hecho mención en el encabezamiento de esta sentencia.