T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-13999)
Sala Primera. Sentencia 86/2024, de 3 de junio de 2024. Recurso de amparo 2875-2023. Promovido por don Salvador Illa Roca y otros treinta y un diputados del Grupo Parlamentario Socialistes i Units per Avançar en el Parlamento de Cataluña en relación con los acuerdos de la mesa de la Cámara que habilitaron un procedimiento provisional de votación telemática. Vulneración del derecho al ejercicio de las funciones representativas, en conexión con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes: habilitación del voto telemático que excepciona el principio de presencialidad de quien voluntariamente ha decidido eludir la acción de la jurisdicción penal española y está sujeto a una orden judicial de busca y captura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. TC. Pág. 85463

encuentra en conexión con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos
públicos a través de sus representantes (art. 23.1 CE).
2.º Restablecer a los recurrentes en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de
los acuerdos de la mesa del Parlamento de Cataluña de 18 de abril de 2023, sobre la
regulación transitoria del voto telemático hasta que no se proceda a una reforma del
Reglamento del Parlamento de Cataluña, y de 19 de abril de 2023, aceptando la
habilitación del procedimiento de votación telemático del diputado don Lluís Puig i Gordi
hasta el final de ese periodo de sesiones; así como del acuerdo de 19 de abril de 2023,
por el que se desestimó la reconsideración de los anteriores, con el alcance expresado
en el fundamento jurídico 3.
3.º

Archivar la pieza separada de suspensión.

Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-13999
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Dada en Madrid, a tres de junio de dos mil veinticuatro.–Cándido Conde-Pumpido
Tourón.–Ricardo Enríquez Sancho.–Concepción Espejel Jorquera.–María Luisa Segoviano
Astaburuaga.–Juan Carlos Campo Moreno.–Firmado y rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X