T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-13997)
Sala Primera. Sentencia 84/2024, de 3 de junio de 2024. Recurso de amparo 665-2023. Promovido por don José Antonio Aragonés Font respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia de Alicante en juicio verbal de desahucio arrendaticio. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento mediante edictos del demandado sin agotar las posibilidades de notificación personal (STC 30/2014).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. TC. Pág. 85440
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido:
1.º Estimar la demanda presentada por don José Antonio Aragonés Font, por
vulneración de su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva sin padecer
indefensión (art. 24.1 CE); con reconocimiento de tal derecho.
2.º Declarar la nulidad: (i) del auto del Juzgado de Primera Instancia núm. 9 de
Alicante, de 15 de diciembre de 2022, dictado en el juicio verbal de desahucio y
reclamación de rentas núm. 2054-2020; (ii) de la diligencia de ordenación de 28 de enero
de 2021 dictada en el mismo procedimiento; y (iii) de todas las actuaciones realizadas
desde el dictado de dicha diligencia de ordenación en aquel juicio verbal, así como la
nulidad de todo el proceso de ejecución judicial núm. 227-2022.
3.º Retrotraer el procedimiento verbal núm. 2054-2020 a la fecha inmediatamente
anterior a la de dictarse la diligencia de ordenación de 28 de enero de 2021 que acordó
la notificación por edictos, a fin de que en su lugar se dicte otra resolución que resulte
respetuosa del derecho fundamental vulnerado.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-13997
Verificable en https://www.boe.es
Dada en Madrid, a tres de junio de dos mil veinticuatro.–Cándido Conde-Pumpido
Tourón.–Ricardo Enríquez Sancho.–Concepción Espejel Jorquera.–María Luisa Segoviano
Astaburuaga.–Juan Carlos Campo Moreno.–Firmado y rubricado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. TC. Pág. 85440
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido:
1.º Estimar la demanda presentada por don José Antonio Aragonés Font, por
vulneración de su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva sin padecer
indefensión (art. 24.1 CE); con reconocimiento de tal derecho.
2.º Declarar la nulidad: (i) del auto del Juzgado de Primera Instancia núm. 9 de
Alicante, de 15 de diciembre de 2022, dictado en el juicio verbal de desahucio y
reclamación de rentas núm. 2054-2020; (ii) de la diligencia de ordenación de 28 de enero
de 2021 dictada en el mismo procedimiento; y (iii) de todas las actuaciones realizadas
desde el dictado de dicha diligencia de ordenación en aquel juicio verbal, así como la
nulidad de todo el proceso de ejecución judicial núm. 227-2022.
3.º Retrotraer el procedimiento verbal núm. 2054-2020 a la fecha inmediatamente
anterior a la de dictarse la diligencia de ordenación de 28 de enero de 2021 que acordó
la notificación por edictos, a fin de que en su lugar se dicte otra resolución que resulte
respetuosa del derecho fundamental vulnerado.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-13997
Verificable en https://www.boe.es
Dada en Madrid, a tres de junio de dos mil veinticuatro.–Cándido Conde-Pumpido
Tourón.–Ricardo Enríquez Sancho.–Concepción Espejel Jorquera.–María Luisa Segoviano
Astaburuaga.–Juan Carlos Campo Moreno.–Firmado y rubricado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X