III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Financiación. Entes locales. (BOE-A-2024-13958)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se establecen instrucciones relativas al calendario de aplicación de los procedimientos para financiar la cancelación de obligaciones pendientes de pago a proveedores de determinadas entidades locales previstos en el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 24 de junio de 2024, así como diversos aspectos relacionados con el contenido de los planes de ajuste y su posible revisión en el ámbito de dichos procedimientos.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85046
Para su aceptación por la SGFAL, el plan de ajuste una vez evaluado deberá cumplir,
al menos, los objetivos y límites anteriores, en cuanto al período medio de pago a
proveedores, al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, al ahorro neto,
al remanente de tesorería para gastos generales ajustado por los saldos de las cuentas
antes citadas y al volumen de deuda.
Disposición final única.
Publicación.
La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», procediéndose igualmente a su publicación en la Oficina Virtual para
la Coordinación Financiera con las Entidades Locales.
cve: BOE-A-2024-13958
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 3 de julio de 2024.–La Secretaria General de Financiación Autonómica y
Local, Inés Olóndriz de Moragas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85046
Para su aceptación por la SGFAL, el plan de ajuste una vez evaluado deberá cumplir,
al menos, los objetivos y límites anteriores, en cuanto al período medio de pago a
proveedores, al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, al ahorro neto,
al remanente de tesorería para gastos generales ajustado por los saldos de las cuentas
antes citadas y al volumen de deuda.
Disposición final única.
Publicación.
La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», procediéndose igualmente a su publicación en la Oficina Virtual para
la Coordinación Financiera con las Entidades Locales.
cve: BOE-A-2024-13958
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 3 de julio de 2024.–La Secretaria General de Financiación Autonómica y
Local, Inés Olóndriz de Moragas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X