III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-13972)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Romeral Solar, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Las Fresas, de 8,9 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Ocaña y Ontígola, en la provincia de Toledo, y Aranjuez, en la Comunidad de Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 85138

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
13972

Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Romeral Solar, SL, autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Las Fresas, de 8,9 MW de
potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos
municipales de Ocaña y Ontígola, en la provincia de Toledo, y Aranjuez, en la
Comunidad de Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Romeral Solar, SL, solicitó, con fecha 2 de septiembre de 2020, subsanada con
fecha 15 de octubre de 2020 y 30 de octubre de 2020, autorización administrativa previa,
autorización administrativa de construcción y declaración de impacto ambiental de la
instalación fotovoltaica Las Fresas de 10 MWp y sus infraestructuras de evacuación, así
como declaración, en concreto, de utilidad pública de la línea de evacuación, en los
términos municipales de Ocaña (Provincia de Toledo) y Aranjuez (Comunidad de Madrid).
Mediante Resolución de 20 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Romeral Solar, SL, autorización administrativa previa
para el parque fotovoltaico Las Fresas, de 8,95 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Ocaña, en la provincia de
Toledo, y Aranjuez, en la Comunidad de Madrid. (en adelante, Resolución de
autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número
113, de 12 de mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 21 de octubre de 2022 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
núm. 261, de 31 de octubre de 2022, para la definición del proyecto de ejecución se
debían llevar a cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:

En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del
proyecto, se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización
administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los
supuestos del artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Romeral Solar, SL (en adelante, el promotor), solicita, con fecha 10 de abril de 2023,
subsanada con fechas 9 de junio de 2023 y 21 de junio de 2023, autorización
administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente,

cve: BOE-A-2024-13972
Verificable en https://www.boe.es

(i) en cuanto a la generación, la reducción de la superficie de la planta fotovoltaica
de las 15 hectáreas proyectadas a 8 hectáreas, con el objetivo de excluir una zona,
dentro del área del proyecto, delimitada como centro de actividad y reproducción de la
avutarda, según la condición 4.2.4 (1) Fauna, y
(ii) en cuanto a la evacuación, la modificación del trazado con el objetivo de cumplir
con las directrices de gestión de los HICs presentes en la zona de actuación según
condición 4.2.3 (3) Flora, vegetación y HICs, generando por ello nuevas servidumbres no
contempladas anteriormente.