III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-13971)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a New Universeline Systems, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "Aldea San Miguel", de 65,086 MW de potencia pico, 59 MW de potencia instalada y las líneas eléctricas de evacuación a 66 kV y 220 kV, así como autorización administrativa de construcción para las subestaciones eléctricas "SET FV Aldea San Miguel 66/30 kV", "SET 2 Aldea San Miguel 220/66 kV" y el "Centro de Seccionamiento 220 kV", en los términos municipales de Aldea de San Miguel, La Pedraja de Portillo, Aldeamayor de San Martín y Boecillo (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85133
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, firmada con fecha 31de mayo de 2023, declaración
responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la
resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción del proyecto.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve:
Primero.
Otorgar a New Universeline Systems, SL autorización administrativa previa de las
modificaciones de la instalación fotovoltaica «Aldea San Miguel», de 65,086 MW de
potencia pico, 59 MW de potencia instalada y las líneas eléctricas de evacuación a 66 kV
y 220 kV, en los términos municipales de Aldea de San Miguel, La Pedraja de Portillo,
Aldeamayor de San Martín y Boecillo, en la provincia de Valladolid, en los términos que
se recogen en la presente resolución.
Otorgar a New Universeline Systems, SL autorización administrativa de construcción
para la instalación fotovoltaica «Aldea San Miguel», de 65,086 MW de potencia pico, 59
MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos
municipales de Aldea de San Miguel, La Pedraja de Portillo, Aldeamayor de San Martín y
Boecillo, en la provincia de Valladolid, con las características definidas en los
documentos «Anexo de Modificación Proyecto Ejecución Planta Solar Fotovoltaica FV
Aldea San Miguel», fechado en febrero de 2023, «Anexo de Modificación Proyecto
Ejecución LAT 66 kV (FV Aldea San Miguel)», fechado en febrero de 2023, «Anexo
Proyecto Ejecución Línea de Alta Tensión 220 kV y Centro de Seccionamiento (FV Aldea
San Miguel)», fechado en junio de 2020 (en lo relativo únicamente al centro de
seccionamiento), «Anexo de Modificación Proyecto Ejecución Línea de Alta Tensión 220
kV y Centro de Seccionamiento (FV Aldea San Miguel)», fechado en febrero de 2023,
«Anexo Proyecto Ejecución Subestación Fotovoltaica Aldea San Miguel (66/30 kV)»,
fechado en junio de 2020 y «Anexo Proyecto Ejecución Subestación 2 Aldea San Miguel
(220/66 kV) (Fotovoltaica Aldea San Miguel)», fechado en junio de 2020, y con las
particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
cve: BOE-A-2024-13971
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85133
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, firmada con fecha 31de mayo de 2023, declaración
responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la
resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción del proyecto.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve:
Primero.
Otorgar a New Universeline Systems, SL autorización administrativa previa de las
modificaciones de la instalación fotovoltaica «Aldea San Miguel», de 65,086 MW de
potencia pico, 59 MW de potencia instalada y las líneas eléctricas de evacuación a 66 kV
y 220 kV, en los términos municipales de Aldea de San Miguel, La Pedraja de Portillo,
Aldeamayor de San Martín y Boecillo, en la provincia de Valladolid, en los términos que
se recogen en la presente resolución.
Otorgar a New Universeline Systems, SL autorización administrativa de construcción
para la instalación fotovoltaica «Aldea San Miguel», de 65,086 MW de potencia pico, 59
MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos
municipales de Aldea de San Miguel, La Pedraja de Portillo, Aldeamayor de San Martín y
Boecillo, en la provincia de Valladolid, con las características definidas en los
documentos «Anexo de Modificación Proyecto Ejecución Planta Solar Fotovoltaica FV
Aldea San Miguel», fechado en febrero de 2023, «Anexo de Modificación Proyecto
Ejecución LAT 66 kV (FV Aldea San Miguel)», fechado en febrero de 2023, «Anexo
Proyecto Ejecución Línea de Alta Tensión 220 kV y Centro de Seccionamiento (FV Aldea
San Miguel)», fechado en junio de 2020 (en lo relativo únicamente al centro de
seccionamiento), «Anexo de Modificación Proyecto Ejecución Línea de Alta Tensión 220
kV y Centro de Seccionamiento (FV Aldea San Miguel)», fechado en febrero de 2023,
«Anexo Proyecto Ejecución Subestación Fotovoltaica Aldea San Miguel (66/30 kV)»,
fechado en junio de 2020 y «Anexo Proyecto Ejecución Subestación 2 Aldea San Miguel
(220/66 kV) (Fotovoltaica Aldea San Miguel)», fechado en junio de 2020, y con las
particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
cve: BOE-A-2024-13971
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.