III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-13970)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Lebrel Power, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Torozos 3, de 51,849 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Simancas (Valladolid) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85121
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como declaración, en
concreto, de utilidad pública, para la planta solar fotovoltaica Torozos 3, de 51,968 MWp
de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de
Simancas, en la provincia de Valladolid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Valladolid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, que expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido escrito del Ayuntamiento de Simancas en el que manifiesta su
oposición al proyecto, indicando que, mediante Decreto de Alcaldía n.º 2023/267, de
fecha 14 de abril de 2023, se resolvió denegar la autorización excepcional de uso
excepcional solicitada por el promotor en base a razones de incompatibilidad con el
planeamiento urbanístico municipal (Plan general de Ordenación Urbana de Simancas),
lo que implica la imposibilidad de su ejecución material. Se ha trasladado este escrito al
promotor, el cual manifiesta reparos. Se ha da traslado al Ayuntamiento, el cual no emite
nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4,
131.4 y 146.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Con posterioridad, el
promotor ha acreditado haber obtenido autorización de uso excepcional en suelo rústico,
con fecha 26 de febrero de 2024.
Se ha recibido informe de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, indicando que no
da su conformidad por no estar contemplados varios cruzamientos y un paralelismo con
instalaciones de su propiedad. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el
cual aporta nueva separata modificada, añadiendo los cruzamientos y el paralelismo
indicados. Se da traslado al organismo, el cual no emite nueva respuesta, por lo que se
entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4, 131.4 y 146.1 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se han recibido contestaciones de la Red Eléctrica de España, SAU y de Enagás
Transporte, SAU, en las que se establecen condicionados técnicos. Se ha dado traslado
al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido respuesta de Dirección General de Energía y Minas de la Junta de
Castilla y León, en la que informan sobre las instalaciones de producción de energía de
competencia autonómica con tramitación en el término municipal de Simancas.
Posteriormente, el promotor ha manifestado haber suscrito acuerdos con los promotores
afectados.
Se ha recibido escrito del Servicio Territorial de Medio Ambiente en Valladolid de la
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y
León, en el cual no manifiesta oposición al proyecto siempre que se tengan en cuenta las
condiciones recogidas en informes previos y en la Declaración de Impacto Ambiental.
Posteriormente, el promotor ha manifestado su conformidad al respecto.
Preguntados el Área de Carreteras de la Diputación Provincial de Valladolid, la
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, la
Confederación Hidrográfica del Duero y Exolum (CHL) no se ha recibido contestación por
su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto
en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 8 de agosto de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 21 de agosto
de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid» y el 5 y 6 de agosto de 2023
en el diario «El Día de Valladolid». El anuncio fue expuesto al público en el tablón de
cve: BOE-A-2024-13970
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85121
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como declaración, en
concreto, de utilidad pública, para la planta solar fotovoltaica Torozos 3, de 51,968 MWp
de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de
Simancas, en la provincia de Valladolid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Valladolid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, que expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido escrito del Ayuntamiento de Simancas en el que manifiesta su
oposición al proyecto, indicando que, mediante Decreto de Alcaldía n.º 2023/267, de
fecha 14 de abril de 2023, se resolvió denegar la autorización excepcional de uso
excepcional solicitada por el promotor en base a razones de incompatibilidad con el
planeamiento urbanístico municipal (Plan general de Ordenación Urbana de Simancas),
lo que implica la imposibilidad de su ejecución material. Se ha trasladado este escrito al
promotor, el cual manifiesta reparos. Se ha da traslado al Ayuntamiento, el cual no emite
nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4,
131.4 y 146.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Con posterioridad, el
promotor ha acreditado haber obtenido autorización de uso excepcional en suelo rústico,
con fecha 26 de febrero de 2024.
Se ha recibido informe de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, indicando que no
da su conformidad por no estar contemplados varios cruzamientos y un paralelismo con
instalaciones de su propiedad. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el
cual aporta nueva separata modificada, añadiendo los cruzamientos y el paralelismo
indicados. Se da traslado al organismo, el cual no emite nueva respuesta, por lo que se
entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4, 131.4 y 146.1 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se han recibido contestaciones de la Red Eléctrica de España, SAU y de Enagás
Transporte, SAU, en las que se establecen condicionados técnicos. Se ha dado traslado
al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido respuesta de Dirección General de Energía y Minas de la Junta de
Castilla y León, en la que informan sobre las instalaciones de producción de energía de
competencia autonómica con tramitación en el término municipal de Simancas.
Posteriormente, el promotor ha manifestado haber suscrito acuerdos con los promotores
afectados.
Se ha recibido escrito del Servicio Territorial de Medio Ambiente en Valladolid de la
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y
León, en el cual no manifiesta oposición al proyecto siempre que se tengan en cuenta las
condiciones recogidas en informes previos y en la Declaración de Impacto Ambiental.
Posteriormente, el promotor ha manifestado su conformidad al respecto.
Preguntados el Área de Carreteras de la Diputación Provincial de Valladolid, la
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, la
Confederación Hidrográfica del Duero y Exolum (CHL) no se ha recibido contestación por
su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto
en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 8 de agosto de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 21 de agosto
de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid» y el 5 y 6 de agosto de 2023
en el diario «El Día de Valladolid». El anuncio fue expuesto al público en el tablón de
cve: BOE-A-2024-13970
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 164