III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-13968)
Resolución de 22 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Pale Directorship, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "FV Llano Palero 2", de 31,815 MW potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Almansa (Albacete) y Ayora (Valencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85111
desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, y, en particular, en el
marco de las obras:
– Se establecerá un calendario de obras, evitándose trabajar en las zonas con
presencia de aves esteparias en los periodos críticos para estas especies de abril a
junio, calendario que deberá ser conformado por los órganos autonómicos competentes
antes del inicio de las obras, conforme al condicionante 1.2.4 de la DIA: Fauna.
En su informe de 10 de julio de 2023, la Dirección General de Medio Natural y
Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana indica que, en referencia a la
adecuación del nuevo planteamiento subterráneo de la infraestructura de evacuación por
parcelas que forman parte de la ZEPA «Meca-Mugrón San Benito», de marzo a junio no
se podrán realizar las obras o trabajos consistentes en el soterramiento de la línea,
además de realizar previamente a su inicio, una prospección para detectar la presencia
de posibles nidos de aves esteparias que pudieran verse afectados.
– La ejecución del proyecto no afectará a las aportaciones por escorrentía que
pudiesen recibir los elementos geológicos y geomorfológicos de protección especial en
Castilla-La Mancha incluidos en el «Catálogo de Hábitats y Elementos Geomorfológicos
de Protección especial en Castilla-La Mancha», en los términos del condicionante
relativo al apartado de la DIA: Suelo, subsuelo, geodiversidad.
– Se deberán estudiar en profundidad las afecciones directas e indirectas del proyecto,
extremando las precauciones durante la fase de construcción, y se tomarán las medidas de
protección recogidas en el Plan Hidrológico a la que correspondan las lagunas de San Benito
y del Sugel para evitar afectar a los barrancos de la zona, especialmente a los que les
aporten agua (condicionante relativo al apartado de la DIA: Agua).
– El proyecto se encuentra parcialmente afectado según las cartografías de
inundabilidad, concretamente el Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre
prevención del Riesgo de Inundación en la Comunitat Valenciana (PATRICOVA) y la
cartografía del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), por lo
que se deberá llevar a cabo la instalación de un vallado perimetral de la instalación
permeable al agua, disponer de un seguro específico y un plan de emergencias, y la
instalación de los paneles fotovoltaicos deberá situarse siempre fuera de las zonas de
calados superiores a 0,15 m (condicionante relativo al apartado de la DIA: Agua).
– Las obras a realizar no modificarán la pendiente natural del terreno ni alterarán el
régimen general de escorrentía de la zona, no podrán modificar el drenaje natural de los
terrenos, respetando la integridad de los cauces naturales de agua con un adecuado
diseño de las instalaciones, viales, cunetas y pasos de agua, planteando medidas para
evitar la erosión por cárcavas (condicionante relativo al apartado de la DIA: Agua).
– Previamente al inicio de cada fase, se elaborará y comunicará al órgano sustantivo un
plan de prevención de contaminación por derrames o vertidos accidentales y de actuación
urgente en caso de ocurrencia (condicionante relativo al apartado de la DIA: Agua).
– Previo al inicio y durante la ejecución de las obras, se realizarán prospecciones del
terreno por un técnico especializado con objeto de identificar la presencia de especies de
flora amenaza y/o vegetación de interés. Durante los trabajos que conlleven la
eliminación de cubierta vegetal se delimitarán aquellas áreas en las que aparezcan
especies protegidas de flora. En la prospección de los terrenos afectados por el vuelo de
la LAAT de 132 kV se ha confirmado la presencia de Genista valentina y Anthyllis
lagascana, ambas catalogadas en categoría de Interés Especial en Castilla-La Mancha,
en ese caso, se llevará a cabo la señalización, mediante balizamiento previo al inicio de
las obras, estando prohibido en el interior de estos espacios cualquier actividad
relacionada con la construcción, además, serán tenidas en cuenta en la fase de diseño
de la LAAT para evitar situar en ellas los apoyos, etc. (condicionante relativo al apartado
de la DIA: Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario).
– El vallado perimetral del ámbito del proyecto, en sus límites colindantes con
terrenos de monte, deberá establecerse a una distancia de, al menos, 5 m de la zona
arbolada. De tal manera que, entre ambos, arbolado y planta fotovoltaica, exista siempre
una franja libre de vegetación arbórea y/o arbustiva con continuidad horizontal. Las
cve: BOE-A-2024-13968
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 164
Lunes 8 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 85111
desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, y, en particular, en el
marco de las obras:
– Se establecerá un calendario de obras, evitándose trabajar en las zonas con
presencia de aves esteparias en los periodos críticos para estas especies de abril a
junio, calendario que deberá ser conformado por los órganos autonómicos competentes
antes del inicio de las obras, conforme al condicionante 1.2.4 de la DIA: Fauna.
En su informe de 10 de julio de 2023, la Dirección General de Medio Natural y
Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana indica que, en referencia a la
adecuación del nuevo planteamiento subterráneo de la infraestructura de evacuación por
parcelas que forman parte de la ZEPA «Meca-Mugrón San Benito», de marzo a junio no
se podrán realizar las obras o trabajos consistentes en el soterramiento de la línea,
además de realizar previamente a su inicio, una prospección para detectar la presencia
de posibles nidos de aves esteparias que pudieran verse afectados.
– La ejecución del proyecto no afectará a las aportaciones por escorrentía que
pudiesen recibir los elementos geológicos y geomorfológicos de protección especial en
Castilla-La Mancha incluidos en el «Catálogo de Hábitats y Elementos Geomorfológicos
de Protección especial en Castilla-La Mancha», en los términos del condicionante
relativo al apartado de la DIA: Suelo, subsuelo, geodiversidad.
– Se deberán estudiar en profundidad las afecciones directas e indirectas del proyecto,
extremando las precauciones durante la fase de construcción, y se tomarán las medidas de
protección recogidas en el Plan Hidrológico a la que correspondan las lagunas de San Benito
y del Sugel para evitar afectar a los barrancos de la zona, especialmente a los que les
aporten agua (condicionante relativo al apartado de la DIA: Agua).
– El proyecto se encuentra parcialmente afectado según las cartografías de
inundabilidad, concretamente el Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre
prevención del Riesgo de Inundación en la Comunitat Valenciana (PATRICOVA) y la
cartografía del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), por lo
que se deberá llevar a cabo la instalación de un vallado perimetral de la instalación
permeable al agua, disponer de un seguro específico y un plan de emergencias, y la
instalación de los paneles fotovoltaicos deberá situarse siempre fuera de las zonas de
calados superiores a 0,15 m (condicionante relativo al apartado de la DIA: Agua).
– Las obras a realizar no modificarán la pendiente natural del terreno ni alterarán el
régimen general de escorrentía de la zona, no podrán modificar el drenaje natural de los
terrenos, respetando la integridad de los cauces naturales de agua con un adecuado
diseño de las instalaciones, viales, cunetas y pasos de agua, planteando medidas para
evitar la erosión por cárcavas (condicionante relativo al apartado de la DIA: Agua).
– Previamente al inicio de cada fase, se elaborará y comunicará al órgano sustantivo un
plan de prevención de contaminación por derrames o vertidos accidentales y de actuación
urgente en caso de ocurrencia (condicionante relativo al apartado de la DIA: Agua).
– Previo al inicio y durante la ejecución de las obras, se realizarán prospecciones del
terreno por un técnico especializado con objeto de identificar la presencia de especies de
flora amenaza y/o vegetación de interés. Durante los trabajos que conlleven la
eliminación de cubierta vegetal se delimitarán aquellas áreas en las que aparezcan
especies protegidas de flora. En la prospección de los terrenos afectados por el vuelo de
la LAAT de 132 kV se ha confirmado la presencia de Genista valentina y Anthyllis
lagascana, ambas catalogadas en categoría de Interés Especial en Castilla-La Mancha,
en ese caso, se llevará a cabo la señalización, mediante balizamiento previo al inicio de
las obras, estando prohibido en el interior de estos espacios cualquier actividad
relacionada con la construcción, además, serán tenidas en cuenta en la fase de diseño
de la LAAT para evitar situar en ellas los apoyos, etc. (condicionante relativo al apartado
de la DIA: Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario).
– El vallado perimetral del ámbito del proyecto, en sus límites colindantes con
terrenos de monte, deberá establecerse a una distancia de, al menos, 5 m de la zona
arbolada. De tal manera que, entre ambos, arbolado y planta fotovoltaica, exista siempre
una franja libre de vegetación arbórea y/o arbustiva con continuidad horizontal. Las
cve: BOE-A-2024-13968
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 164