III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13876)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas, SA, M.P., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para apoyar y promover la internacionalización de las empresas turísticas españolas.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Sábado 6 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84536
posteriormente algunos de los compromisos o acciones iniciales previstos en el mismo
mediante la suscripción de convenios específicos.
Por todo ello, ambas Partes acuerdan suscribir este convenio (en lo sucesivo, el
convenio) que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objetivo principal de este convenio es establecer una colaboración efectiva entre
las partes para definir estrategias conjuntas que impulsen la exportación del
conocimiento, servicios y desarrollos tecnológicos de las empresas turísticas españolas.
A través de programas de acción en las áreas especificadas en la cláusula segunda,
ambas partes se comprometen a compartir información, experiencia y asesoramiento
mutuo para lograr los objetivos establecidos en dichos programas y en los acuerdos
específicos que se alcancen.
La amplitud de esta colaboración estará condicionada, en cada caso, a la
disponibilidad de los medios de cada parte.
Segunda.
Ámbito de cooperación.
La cooperación entre ambas Partes podrá extenderse, entre otras, a las siguientes
áreas de referencia:
a) Identificar previamente oportunidades de negocio en el exterior para las
empresas turísticas españolas, incidiendo en facilitar su acceso a nuevos mercados
exteriores no tradicionales, con énfasis en mercados estratégicos, mejorando con ello,
además, el conocimiento e imagen en el exterior de la oferta española de servicios
turísticos especializados.
b) Planificar y coordinar la participación conjunta en actividades de promoción en el
exterior específicas para el sector turístico, en las que por su importancia se considere
oportuno tener presencia (ferias, misiones inversas, encuentros empresariales, etc.).
c) Otros apoyos a la internacionalización de las empresas tecnológicas turísticas,
como asesoramiento y consultoría; búsqueda y valoración de oportunidades de negocio,
mercados e inversores internacionales; y facilitación del acceso a las líneas de
financiación que puedan ofrecer cada una de las partes a proyectos empresariales y
nuevos emprendimientos.
d) Apoyar y fomentar la internacionalización de las empresas y de los proyectos
turísticos innovadores, acompañándoles en la apertura de nuevos mercados e
impulsando la exportación de sus productos y servicios turísticos.
e) Apoyo efectivo de la red de Oficinas Económicas y Comerciales en el exterior,
que se configuran como centros de actuación de ICEX en el extranjero, que darán a
cve: BOE-A-2024-13876
Verificable en https://www.boe.es
1. Constituir un focus group que reúna a empresas y asociaciones representativas
del sector turístico tecnológico. Este grupo de trabajo estratégico se encargará de
identificar y abordar las necesidades prioritarias de la industria tecnológica turística de
cara a la internacionalización de sus productos y servicios. A través de la colaboración
directa entre las partes involucradas, se buscará evaluar exhaustivamente los desafíos y
oportunidades que afectan sector. Este focus group aprovechará la experiencia y el
conocimiento acumulado de cada participante para desarrollar soluciones innovadoras y
efectivas, promoviendo el diálogo y sentando las bases para una colaboración sólida y
coherente en el ámbito turístico tecnológico.
2. Elaboración de un plan de actuación conjunto dirigido a promover el apoyo a la
internacionalización de las empresas tecnológicas turísticas españolas.
En concreto, esta línea de colaboración contemplará de forma prioritaria los
siguientes aspectos:
Núm. 163
Sábado 6 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84536
posteriormente algunos de los compromisos o acciones iniciales previstos en el mismo
mediante la suscripción de convenios específicos.
Por todo ello, ambas Partes acuerdan suscribir este convenio (en lo sucesivo, el
convenio) que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objetivo principal de este convenio es establecer una colaboración efectiva entre
las partes para definir estrategias conjuntas que impulsen la exportación del
conocimiento, servicios y desarrollos tecnológicos de las empresas turísticas españolas.
A través de programas de acción en las áreas especificadas en la cláusula segunda,
ambas partes se comprometen a compartir información, experiencia y asesoramiento
mutuo para lograr los objetivos establecidos en dichos programas y en los acuerdos
específicos que se alcancen.
La amplitud de esta colaboración estará condicionada, en cada caso, a la
disponibilidad de los medios de cada parte.
Segunda.
Ámbito de cooperación.
La cooperación entre ambas Partes podrá extenderse, entre otras, a las siguientes
áreas de referencia:
a) Identificar previamente oportunidades de negocio en el exterior para las
empresas turísticas españolas, incidiendo en facilitar su acceso a nuevos mercados
exteriores no tradicionales, con énfasis en mercados estratégicos, mejorando con ello,
además, el conocimiento e imagen en el exterior de la oferta española de servicios
turísticos especializados.
b) Planificar y coordinar la participación conjunta en actividades de promoción en el
exterior específicas para el sector turístico, en las que por su importancia se considere
oportuno tener presencia (ferias, misiones inversas, encuentros empresariales, etc.).
c) Otros apoyos a la internacionalización de las empresas tecnológicas turísticas,
como asesoramiento y consultoría; búsqueda y valoración de oportunidades de negocio,
mercados e inversores internacionales; y facilitación del acceso a las líneas de
financiación que puedan ofrecer cada una de las partes a proyectos empresariales y
nuevos emprendimientos.
d) Apoyar y fomentar la internacionalización de las empresas y de los proyectos
turísticos innovadores, acompañándoles en la apertura de nuevos mercados e
impulsando la exportación de sus productos y servicios turísticos.
e) Apoyo efectivo de la red de Oficinas Económicas y Comerciales en el exterior,
que se configuran como centros de actuación de ICEX en el extranjero, que darán a
cve: BOE-A-2024-13876
Verificable en https://www.boe.es
1. Constituir un focus group que reúna a empresas y asociaciones representativas
del sector turístico tecnológico. Este grupo de trabajo estratégico se encargará de
identificar y abordar las necesidades prioritarias de la industria tecnológica turística de
cara a la internacionalización de sus productos y servicios. A través de la colaboración
directa entre las partes involucradas, se buscará evaluar exhaustivamente los desafíos y
oportunidades que afectan sector. Este focus group aprovechará la experiencia y el
conocimiento acumulado de cada participante para desarrollar soluciones innovadoras y
efectivas, promoviendo el diálogo y sentando las bases para una colaboración sólida y
coherente en el ámbito turístico tecnológico.
2. Elaboración de un plan de actuación conjunto dirigido a promover el apoyo a la
internacionalización de las empresas tecnológicas turísticas españolas.
En concreto, esta línea de colaboración contemplará de forma prioritaria los
siguientes aspectos: