III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13873)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para el impulso de la capacitación para la transición ecológica en el marco del Programa Empleaverde+, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 6 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 84506

Ambas partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las
facultades y atribuciones que por ellos tienen concedidas, reconociéndose mutuamente
capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y a tal efecto,
EXPONEN
I. Que el Servicio Público de Empleo Estatal (en adelante, SEPE), es un organismo
autónomo, perteneciente a la Administración General del Estado, que tiene
encomendada la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la
política de empleo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 15 del texto refundido de la Ley
de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, y vigente
en tanto no entre en funcionamiento efectivo la Agencia Española de Empleo, de
acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria, apartado 1.a), de la Ley 3/2023,
de 28 de febrero, el Servicio Público de Empleo Estatal.
II. Que la Fundación Biodiversidad, F.S.P. (en adelante FB), es una fundación del
sector público adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
de las previstas en el artículo 84.1.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, constituida en escritura pública de 22 de diciembre de 1998 e
inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia estatal con el número 1AGR, con
domicilio en Madrid, y NIF G‐82207671. La FB, de acuerdo con la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, y a sus Estatutos, tiene como objeto la realización de actividades de interés
general relacionadas con las competencias de su Ministerio de adscripción en el ámbito
de la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad y el patrimonio natural,
principalmente en sus aspectos ambientales, sociales, económicos y culturales.
III. El Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24
de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al
Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así
como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e
Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados, establecen las disposiciones comunes
relativas a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (en adelante Fondos EIE)
para el periodo de programación 2021-2027.
IV. El Fondo Social Europeo Plus, en adelante, FSE+ se configura como el principal
instrumento de la Unión Europea para invertir en las personas y aplicar el pilar europeo
de derechos sociales, contribuyendo a una Europa más social, a una cohesión
económica, social y territorial y a la consecución de los objetivos marcados en la Agenda
de Desarrollo Sostenible. Este fondo para el periodo de programación 2021-2027 se
regula específicamente por el Reglamento (UE) n.º 2021/1057 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo
Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1296/2013 dotándolo como
una herramienta para la creación de empleo, la mejora de puestos de trabajo existentes
y como medio de garantizar oportunidades laborales más justas para el conjunto de la
ciudadanía de la Unión Europea en cumplimiento de los objetivos de la «Política de
cohesión 2021-2027».
A su vez, las prioridades y objetivos específicos del FSE+ son atendidos en el
Programa FSE+ de Empleo, Educación, Formación y Economía Social (en adelante
«Programa EFESO»), aprobado por la Decisión de Ejecución de la Comisión Europea C
(2022)9796, del 19 de diciembre de 2022.
V. La canalización de las ayudas procedentes del FSE+, a fin de cumplir la Política
de Cohesión 2021-2027, viene precedida por un trabajo de programación que se lleva a
cabo a través de diferentes fases de negociación a nivel europeo y nacional de manera
coordinada y participativa entre la Administración General del Estado y las comunidades
autónomas, respetando así el principio de «Asociación y Gobernanza en varios niveles»
recogido en el artículo 8 del Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y

cve: BOE-A-2024-13873
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Núm. 163