III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13877)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., para la instrumentación de la línea "ICO-RED.ES ACELERA".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Sábado 6 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 84545

IV
Que, al amparo de la estipulación quinta del convenio «Comisión de Seguimiento y
Modificación del Convenio», y de acuerdo con lo recogido en el acta de la Comisión de
Seguimiento del citado convenio, en su sesión de 23 de febrero de 2023, se acordó,
dado el interés que supone para los beneficiarios contar con distintos mecanismos de
financiación de las actividades objeto de las ayudas que Red.es concede en el marco de
sus competencias, la conveniencia de modificar el convenio, de modo que se amplíe el
ámbito de actuación del objeto del convenio dando cobertura a nuevos programas de
ayudas regulados por bases reguladoras diferentes a las indicadas en el convenio
original, siendo además necesaria la ampliación del plazo de duración del convenio
establecido en la estipulación tercera del mismo.
V
Que las Partes consideran de interés ampliar el ámbito de actuación del convenio a
nuevas órdenes de bases que regulen programas de ayudas con diferentes orígenes de
financiación En concreto, y además de los Fondos de Desarrollo Regional (FEDER) del
periodo de programación 2014-2020 ya incluidos, se considera conveniente incluir otros
proyectos cofinanciados con Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
dentro Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU), y otros programas
cofinanciados con fondos de desarrollo regional (FEDER) del periodo de
programación 2021-2027.
Como consecuencia de esta ampliación de las bases reguladoras incluidas en el
objeto del Convenio, las partes consideran necesario ampliar la dotación económica
recogida en la estipulación cuarta.
VI
Que las Partes consideran de interés prorrogar el convenio hasta el máximo
legalmente permitido de cuatro (4) años.
En virtud de cuanto queda expuesto, las partes manifiestan su voluntad de
colaboración suscribiendo la presente adenda modificativa no extintiva al convenio (en
adelante, la adenda), con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Modificación de la estipulación primera «Objeto y ámbito territorial».

Se modifica el punto I «Objeto» de la estipulación primera «Objeto y ámbito
territorial», que queda redactado en los siguientes términos:
Objeto y ámbito territorial.

I. Objeto. El objeto del presente convenio es establecer los términos y
condiciones en que se llevará a cabo la colaboración entre Red.es y el ICO de
forma que se hagan compatibles, en el marco de la línea "ICO-RED.ES
ACELERA", las ayudas concedidas por Red.es dentro de las convocatorias que
publique Red.es con cargo a las Órdenes de base que se detallan a continuación
a empresas y entidades beneficiarias, de proyectos aprobados en dichas
convocatorias y la financiación de ICO a través de las entidades financieras a los
citados proyectos.
– Orden ECE/1301/2019, de 17 de diciembre, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Entidad Pública
Empresarial Red.es, M.P., a programas para el desarrollo del emprendimiento
tecnológico y la demanda tecnológica, en el marco de la Acción Estratégica de

cve: BOE-A-2024-13877
Verificable en https://www.boe.es

«Primera.