III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-13898)
Resolución de 24 de junio de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Barcelona, la Universidad de Huelva, la Universidad del País Vasco Euskal Herriko Unibertsitatea, la Universidad de Sevilla y la Universitat Politècnica de València, para la ejecución de proyecto de I+D "Establecimiento de criterios para la consideración de suelos o terrenos contaminados radiológicamente".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Sábado 6 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84800
que tal incumplimiento cause un daño al resto de corresponsables, éstos podrán
reclamar daños y perjuicios a la parte o partes incumplidoras.
Las partes responderán solidariamente frente a terceros de los tratamientos de datos
personales derivados de este acuerdo, en los que actúen como corresponsables y les
sean atribuibles o no puedan ser atribuidos a partes concretas, sin perjuicio de la
posibilidad de las partes de reclamar contra la parte o las partes incumplidoras.
Cuarta.
Duración.
La duración del presente acuerdo está vinculado a la duración del presente convenio
y de las responsabilidades que cualquiera de los corresponsables mantenga en
cumplimiento de sus obligaciones legales. Ello se entiende al margen del carácter
indefinido de las obligaciones de confidencialidad y de secreto recogidas en la
estipulación tercera.
Quinta.
Legislación y jurisdicción.
El presente acuerdo se regirá e interpretará conforme a la legislación española en
todo aquello que no esté expresamente regulado, sometiéndose las partes, para las
controversias que pudieran surgir en relación al mismo, a la jurisdicción contenciosoadministrativa en la Comunidad de Madrid, con renuncia a cualquier otro fuero que les
pudiera corresponder.
Sexta.
Protección de datos. Información de las partes.
Las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a su
personal empleado cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el
mantenimiento y cumplimiento de la relación colaborativa.
Todos los datos de carácter personal serán tratados en base a la ejecución del
acuerdo, así como en base al cumplimiento de una obligación legal y de una misión de
interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo,
control y ejecución de lo dispuesto en el presente acuerdo.
Los datos serán conservados durante la vigencia del convenio y, posteriormente, con
la finalidad de atender a las posibles responsabilidades derivadas de la relación. Los
datos no serán objeto de comunicación a ninguna entidad.
Los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación/
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la parte que corresponda a través de
comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente
documento, o por correo electrónico a las siguientes direcciones aportando fotocopia de
su DNI o documento equivalente e identificando el derecho que se solicita:
Asimismo, en caso de considerar que se ha producido algún tipo de vulneración en
relación con el tratamiento de sus datos personales, podrán interponer una reclamación
ante correo electrónico de cada una de las partes o ante la Autoridad de Control
competente.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-13898
Verificable en https://www.boe.es
Consejo de Seguridad Nuclear: dpd@csn.es.
Universidad de Sevilla: dpd@us.es.
Universidad de Huelva: delegado.protecciondatos@uhu.es.
Universidad de Barcelona: protecciodedades@ub.edu.
Universidad del País Vasco-EHU: dpd@ehu.eus.
Universitat Politècnica de València: dpd@upv.es.
Núm. 163
Sábado 6 de julio de 2024
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que tal incumplimiento cause un daño al resto de corresponsables, éstos podrán
reclamar daños y perjuicios a la parte o partes incumplidoras.
Las partes responderán solidariamente frente a terceros de los tratamientos de datos
personales derivados de este acuerdo, en los que actúen como corresponsables y les
sean atribuibles o no puedan ser atribuidos a partes concretas, sin perjuicio de la
posibilidad de las partes de reclamar contra la parte o las partes incumplidoras.
Cuarta.
Duración.
La duración del presente acuerdo está vinculado a la duración del presente convenio
y de las responsabilidades que cualquiera de los corresponsables mantenga en
cumplimiento de sus obligaciones legales. Ello se entiende al margen del carácter
indefinido de las obligaciones de confidencialidad y de secreto recogidas en la
estipulación tercera.
Quinta.
Legislación y jurisdicción.
El presente acuerdo se regirá e interpretará conforme a la legislación española en
todo aquello que no esté expresamente regulado, sometiéndose las partes, para las
controversias que pudieran surgir en relación al mismo, a la jurisdicción contenciosoadministrativa en la Comunidad de Madrid, con renuncia a cualquier otro fuero que les
pudiera corresponder.
Sexta.
Protección de datos. Información de las partes.
Las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a su
personal empleado cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el
mantenimiento y cumplimiento de la relación colaborativa.
Todos los datos de carácter personal serán tratados en base a la ejecución del
acuerdo, así como en base al cumplimiento de una obligación legal y de una misión de
interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo,
control y ejecución de lo dispuesto en el presente acuerdo.
Los datos serán conservados durante la vigencia del convenio y, posteriormente, con
la finalidad de atender a las posibles responsabilidades derivadas de la relación. Los
datos no serán objeto de comunicación a ninguna entidad.
Los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación/
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la parte que corresponda a través de
comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente
documento, o por correo electrónico a las siguientes direcciones aportando fotocopia de
su DNI o documento equivalente e identificando el derecho que se solicita:
Asimismo, en caso de considerar que se ha producido algún tipo de vulneración en
relación con el tratamiento de sus datos personales, podrán interponer una reclamación
ante correo electrónico de cada una de las partes o ante la Autoridad de Control
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Universidad de Sevilla: dpd@us.es.
Universidad de Huelva: delegado.protecciondatos@uhu.es.
Universidad de Barcelona: protecciodedades@ub.edu.
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