III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-13813)
Resolución 420/38274/2024, de 28 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación del Consejo Atlántico Juvenil Español, para la realización de diversas actividades durante el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84178
Por parte del MINISDEF se emitirán certificaciones de conformidad para acreditar la
correcta ejecución del objeto y de las actividades previstas.
Cuarta.
Procedimiento de justificación del gasto.
La Asociación COAJE remitirá al MINISDEF un expediente del gasto, dentro del mes
siguiente a la finalización de cada actividad.
1.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos:
a) Documentos justificativos del gasto: tickets, y facturas o documentos de valor
probatorio equivalente (para aquellas operaciones exentas de IVA, será suficiente
cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con esa misma eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 3 del Real
Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que
se regulan las obligaciones de facturación.
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del convenio, y deberán tener entrada en la SEGENPOL antes
del 15 de noviembre de 2024.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
b) Memoria económica: Las actividades que engloban el presente convenio se
realizarán exclusivamente dentro de su periodo de vigencia. En la memoria económica
se desglosarán los gastos realizados con cargo a la aportación económica del
MINISDEF.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto que se
presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden marcado en la
memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos manuscritos.
También incluirá una descripción del gasto realizado por la Asociación COAJE.
c) Memoria de la actividad: Asimismo, tras finalizar las citadas actividades, la
Asociación COAJE remitirá a la SEGENPOL una memoria de la actividad donde se
incluirán los dosieres gráficos, carteles, trípticos que integren o se deriven de las
actividades realizadas.
2.
Forma de presentación del expediente:
El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través del sistema de gestión
integrada de Servicios de Registro (GEISER) existente en los registros de los
organismos pertenecientes a la Administración General del Estado, no siendo válido
ningún trámite realizado a través de cualquier otro portal electrónico de las
Administraciones Públicas. La presentación deberá realizarla el representante legal de la
entidad.
Tramitación del expediente por el MINISDEF:
Tras ser recibido en la SEGENPOL el expediente del gasto, esta misma, elaborará
una certificación de conformidad del MINISDEF con la realización de la actividad objeto
del convenio.
Dicha certificación junto con el expediente del gasto será remitida a la Intervención
Delegada en la Subsecretaría de Defensa para recabar la fiscalización previa del
reconocimiento de la obligación.
cve: BOE-A-2024-13813
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84178
Por parte del MINISDEF se emitirán certificaciones de conformidad para acreditar la
correcta ejecución del objeto y de las actividades previstas.
Cuarta.
Procedimiento de justificación del gasto.
La Asociación COAJE remitirá al MINISDEF un expediente del gasto, dentro del mes
siguiente a la finalización de cada actividad.
1.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos:
a) Documentos justificativos del gasto: tickets, y facturas o documentos de valor
probatorio equivalente (para aquellas operaciones exentas de IVA, será suficiente
cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con esa misma eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 3 del Real
Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que
se regulan las obligaciones de facturación.
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del convenio, y deberán tener entrada en la SEGENPOL antes
del 15 de noviembre de 2024.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
b) Memoria económica: Las actividades que engloban el presente convenio se
realizarán exclusivamente dentro de su periodo de vigencia. En la memoria económica
se desglosarán los gastos realizados con cargo a la aportación económica del
MINISDEF.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto que se
presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden marcado en la
memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos manuscritos.
También incluirá una descripción del gasto realizado por la Asociación COAJE.
c) Memoria de la actividad: Asimismo, tras finalizar las citadas actividades, la
Asociación COAJE remitirá a la SEGENPOL una memoria de la actividad donde se
incluirán los dosieres gráficos, carteles, trípticos que integren o se deriven de las
actividades realizadas.
2.
Forma de presentación del expediente:
El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través del sistema de gestión
integrada de Servicios de Registro (GEISER) existente en los registros de los
organismos pertenecientes a la Administración General del Estado, no siendo válido
ningún trámite realizado a través de cualquier otro portal electrónico de las
Administraciones Públicas. La presentación deberá realizarla el representante legal de la
entidad.
Tramitación del expediente por el MINISDEF:
Tras ser recibido en la SEGENPOL el expediente del gasto, esta misma, elaborará
una certificación de conformidad del MINISDEF con la realización de la actividad objeto
del convenio.
Dicha certificación junto con el expediente del gasto será remitida a la Intervención
Delegada en la Subsecretaría de Defensa para recabar la fiscalización previa del
reconocimiento de la obligación.
cve: BOE-A-2024-13813
Verificable en https://www.boe.es
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