III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13794)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Estepa a inscribir la representación gráfica georreferenciada de una finca y subsiguiente rectificación de su descripción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84063
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13794
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Estepa a inscribir la representación gráfica
georreferenciada de una finca y subsiguiente rectificación de su descripción.
En el recurso interpuesto por don D. S. B. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Estepa, don José Alfonso Uceda Serrano, a inscribir la representación
gráfica georreferenciada de una finca y subsiguiente rectificación de su descripción, una
vez tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita por don D. S. B., la cual tuvo entrada en el Registro de la
Propiedad de Estepa el día 13 de noviembre de 2023, se solicitaba el inicio del
procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, pretendiéndose la
inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa y consiguiente
rectificación de su descripción respecto de la finca registral número 5.831 del
Ayuntamiento de La Roda de Andalucía.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Estepa, y una vez
tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación.
Calificado el precedente documento presentado el día 13/11/2023, según el
asiento 670 del Diario 146 de conformidad con los artículos 18 y 19 bis ambos de la ley
hipotecaria se suspende su inscripción, por los siguientes defectos basados en estos
hechos y fundamentos de derechos:
En la fecha indicada, se presentó para su inscripción instancia suscrita por Don D. S.
B., para la rectificación de superficie, linderos e inscripción de la representación gráfica
georreferenciada alternativa de la finca registral 5.831 de La Roda de Andalucía,
acompañada de: 1.º) certificado de superficie y georreferenciación emitido por Don J. A.
S. P., Ingeniero en Geomática y Topografía, colegiado número (…); y 2.º) Informe
catastral de Validación Gráfica, con CSV: (…)
Con fecha 23 de noviembre de 2023, se inició el procedimiento del artículo 199 de la
Ley Hipotecaria, para la rectificación de superficie, linderos e inscripción de la
representación gráfica alternativa de la finca, en el cual no se presentaron alegaciones
por parte del colindante notificado.
Según el Registro se trata de una urbana: suelo urbanizable de uso industrial en el
partido de (…), de 60 áreas y 15 centiáreas, que linda: al Norte, tierras de F. O.; Sur, la
cve: BOE-A-2024-13794
Verificable en https://www.boe.es
Hechos:
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84063
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13794
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Estepa a inscribir la representación gráfica
georreferenciada de una finca y subsiguiente rectificación de su descripción.
En el recurso interpuesto por don D. S. B. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Estepa, don José Alfonso Uceda Serrano, a inscribir la representación
gráfica georreferenciada de una finca y subsiguiente rectificación de su descripción, una
vez tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita por don D. S. B., la cual tuvo entrada en el Registro de la
Propiedad de Estepa el día 13 de noviembre de 2023, se solicitaba el inicio del
procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, pretendiéndose la
inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa y consiguiente
rectificación de su descripción respecto de la finca registral número 5.831 del
Ayuntamiento de La Roda de Andalucía.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Estepa, y una vez
tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación.
Calificado el precedente documento presentado el día 13/11/2023, según el
asiento 670 del Diario 146 de conformidad con los artículos 18 y 19 bis ambos de la ley
hipotecaria se suspende su inscripción, por los siguientes defectos basados en estos
hechos y fundamentos de derechos:
En la fecha indicada, se presentó para su inscripción instancia suscrita por Don D. S.
B., para la rectificación de superficie, linderos e inscripción de la representación gráfica
georreferenciada alternativa de la finca registral 5.831 de La Roda de Andalucía,
acompañada de: 1.º) certificado de superficie y georreferenciación emitido por Don J. A.
S. P., Ingeniero en Geomática y Topografía, colegiado número (…); y 2.º) Informe
catastral de Validación Gráfica, con CSV: (…)
Con fecha 23 de noviembre de 2023, se inició el procedimiento del artículo 199 de la
Ley Hipotecaria, para la rectificación de superficie, linderos e inscripción de la
representación gráfica alternativa de la finca, en el cual no se presentaron alegaciones
por parte del colindante notificado.
Según el Registro se trata de una urbana: suelo urbanizable de uso industrial en el
partido de (…), de 60 áreas y 15 centiáreas, que linda: al Norte, tierras de F. O.; Sur, la
cve: BOE-A-2024-13794
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