III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13792)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Marbella n.º 3, por la que se suspende la inscripción de una escritura de agregación y segregación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84024
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13792
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Marbella n.º 3, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de agregación y segregación.
En el recurso interpuesto por don M. E. T. D., en nombre y representación de la
sociedad «Lepus Business PGF, S.L.», contra la calificación del registrador de la
Propiedad de Marbella número 3, don Fructuoso Jerónimo Flores Bernal, por la que
suspende la inscripción de una escritura de agregación y segregación.
Hechos
I
Con fecha de 28 de abril del año 2023, fue presentada en el Registro de la Propiedad
de Marbella número 3 la escritura de agregación y segregación autorizada el día 10 de
abril de 2023 por el notario de Marbella, don José Ordóñez Cuadros, con el
número 1.208 de su protocolo, que motivó el asiento de presentación número 1.577 del
Tomo 161 del Libro Diario. Con fecha de 10 de mayo de 2023, se iniciaron las
actuaciones previstas en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria y, una vez finalizadas
dichas actuaciones, y en base a las alegaciones presentadas, fue objeto de calificación
negativa de fecha 3 de agosto de 2023. Posteriormente, con fecha de 18 de octubre
de 2023, se aportó la escritura de modificación y complemento otorgada el día 16 de
octubre de 2023 ante el notario de Marbella, don Luis Plá Rubio, con el número 5.485 de
protocolo; iniciándose de nuevo el día 17 de noviembre de 2023 las actuaciones
previstas en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
II
«Visto por Don Fructuoso Flores Bernal, Registrador de la Propiedad de Marbella
Número Tres, Provincia de Málaga, el procedimiento registral identificado con el número
de entrada 3.208 del pasado año dos mil veintitrés, iniciado como consecuencia de
presentación en el mismo Registro, de los documentos que se dirán, en virtud de
solicitud de inscripción.
En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad de los documentos
presentados, obrantes en el procedimiento de referencia, resultan los siguientes:
Hechos:
El documento objeto de la presente calificación: Escritura de agregación y
segregación autorizada por el Notario de Marbella, Don José Ordóñez Cuadros, el día
diez de abril de dos mil veintitrés, bajo el número mil doscientos ocho de su protocolo,
modificada y complementada por otra otorgada ante el Notario de Marbella, Don Luis Plá
Rubio, el día dieciséis de Octubre de dos mil veintitrés, bajo el número cinco mil
cuatrocientos ochenta y cinco de su protocolo, diligenciado de fecha diez de Noviembre
cve: BOE-A-2024-13792
Verificable en https://www.boe.es
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Marbella
número 3, y una vez finalizadas las referidas actuaciones previstas en el artículo 199 de
la Ley Hipotecaria, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84024
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13792
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Marbella n.º 3, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de agregación y segregación.
En el recurso interpuesto por don M. E. T. D., en nombre y representación de la
sociedad «Lepus Business PGF, S.L.», contra la calificación del registrador de la
Propiedad de Marbella número 3, don Fructuoso Jerónimo Flores Bernal, por la que
suspende la inscripción de una escritura de agregación y segregación.
Hechos
I
Con fecha de 28 de abril del año 2023, fue presentada en el Registro de la Propiedad
de Marbella número 3 la escritura de agregación y segregación autorizada el día 10 de
abril de 2023 por el notario de Marbella, don José Ordóñez Cuadros, con el
número 1.208 de su protocolo, que motivó el asiento de presentación número 1.577 del
Tomo 161 del Libro Diario. Con fecha de 10 de mayo de 2023, se iniciaron las
actuaciones previstas en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria y, una vez finalizadas
dichas actuaciones, y en base a las alegaciones presentadas, fue objeto de calificación
negativa de fecha 3 de agosto de 2023. Posteriormente, con fecha de 18 de octubre
de 2023, se aportó la escritura de modificación y complemento otorgada el día 16 de
octubre de 2023 ante el notario de Marbella, don Luis Plá Rubio, con el número 5.485 de
protocolo; iniciándose de nuevo el día 17 de noviembre de 2023 las actuaciones
previstas en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
II
«Visto por Don Fructuoso Flores Bernal, Registrador de la Propiedad de Marbella
Número Tres, Provincia de Málaga, el procedimiento registral identificado con el número
de entrada 3.208 del pasado año dos mil veintitrés, iniciado como consecuencia de
presentación en el mismo Registro, de los documentos que se dirán, en virtud de
solicitud de inscripción.
En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad de los documentos
presentados, obrantes en el procedimiento de referencia, resultan los siguientes:
Hechos:
El documento objeto de la presente calificación: Escritura de agregación y
segregación autorizada por el Notario de Marbella, Don José Ordóñez Cuadros, el día
diez de abril de dos mil veintitrés, bajo el número mil doscientos ocho de su protocolo,
modificada y complementada por otra otorgada ante el Notario de Marbella, Don Luis Plá
Rubio, el día dieciséis de Octubre de dos mil veintitrés, bajo el número cinco mil
cuatrocientos ochenta y cinco de su protocolo, diligenciado de fecha diez de Noviembre
cve: BOE-A-2024-13792
Verificable en https://www.boe.es
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Marbella
número 3, y una vez finalizadas las referidas actuaciones previstas en el artículo 199 de
la Ley Hipotecaria, fue objeto de la siguiente nota de calificación: