III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13762)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Puertos del Estado, para la instalación de equipamiento de control fronterizo en los puertos españoles de titularidad estatal en el marco del sistema europeo de entradas y salidas y el sistema europeo de información y autorización de viajes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Viernes 5 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 83695

automatizados EES que se instalarán en las Autoridades Portuarias», redactada por la
Secretaría de Estado de Seguridad (SES). Este documento deberá utilizarse por las
Autoridades Portuarias para la elaboración de los Pliegos de Prescripciones Técnicas de
las licitaciones de los equipos y servicios en relación con EES.
A)

Equipamiento EES automatizado.

Los principales tipos de equipos EES para control automatizado se enumeran a
continuación:
– Quioscos de autoservicio: equipos tecnológicos de autoservicio (SSS) para facilitar
el proceso desatendido de registro a los viajeros en el control fronterizo.
– Puertas ABC: equipamiento para el cruce automatizado de fronteras que incorpora
control biométrico y una puerta automática para el paso de los viajeros.
– Tabletas de supervisión y verificación: dispositivos portátiles con funcionalidades
de supervisión y verificación relacionadas con los usos EES previstos de los sistemas de
autoservicio y ABC.
– Tabletas de registro y/o verificación: dispositivos portátiles con funcionalidades de
registro y verificación relacionadas con los usos EES previstos de los sistemas de
autoservicio y puertas ABC.
B)

Equipamiento adicional e infraestructura complementaria.

Además de los equipos de control fronterizo EES se deberá adquirir una serie de
instalaciones complementarias:
– Elementos necesarios para la operativa diaria de control de los distintos flujos de
viajeros y vehículos tales como pasarelas, mamparas, barandillas y cristales de
separación.
– Sistemas CCTV de vigilancia de los equipos: cámaras de vigilancia CCTV para
realizar el control de la actividad de registro en todas las instalaciones con el objeto de
evitar el fraude durante el registro de datos biométricos en los quioscos de autoservicio.
Las imágenes deberán integrarse en el proceso de supervisión de control de fronteras y
almacenarse para su posible revisión o reproducción. En particular, se deberá instalar un
sistema CCTV propio y completo para la supervisión del equipamiento del EES, de
acuerdo con las especificaciones técnicas facilitadas por la SES.
– Electrónica de red: elementos de comunicaciones necesarios para conectar los
equipos EES con el Sistema Central Nacional.
– Señalética digital: elementos de publicidad, guiado, información y señalización del
sistema EES en los puertos para informar a los viajeros de la existencia, y el uso del
sistema y para facilitar el tránsito de los pasajeros.
– Otros: elementos físicos de separación de viajeros y espacios: barreras, cristaleras
y elementos de flujo de pasajeros.

– Cabinas para los policías de fronteras: habitáculos adicionales a los ya existentes
para control de pasajeros en los recintos de control de pasajeros (incluido mobiliario
técnico). Se trata de cabinas de control de pasajeros en los pasos fronterizos dentro de
los recintos de control de pasaportes para la Policía ubicados en puertos. Se requiere la
adquisición e instalación de las cabinas con su equipamiento asociado, así como la
instalación de electricidad, voz y datos necesaria para su operativa.
– Contenedores marítimos equipados con toda la tecnología para control fronterizo
en puertos: la función de control de pasajeros en vehículos se desarrollará en varios
puertos dentro de este tipo de instalaciones. En los puertos, la función de registro y
control de pasajeros que descienden de vehículos se desarrollará dentro de
contenedores marítimos para realizar el registro, las comprobaciones, autenticaciones y
toma de datos pertinentes de los pasajeros.

cve: BOE-A-2024-13762
Verificable en https://www.boe.es

Por otra parte, se contemplan los habitáculos específicos para control fronterizo: