III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13760)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y el Consejo Superior de Deportes, en materia de prevención, sensibilización y formación en violencia contra las mujeres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Viernes 5 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 83672

Las partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y suscribir el presente
convenio, por lo que,
MANIFIESTAN
Primero.
Que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte, a través del
Consejo Superior de Deportes (en adelante, CSD), tiene encomendadas entre sus
funciones proponer, elaborar y desarrollar normas, actuaciones y medidas dirigidas a
asegurar la igualdad de trato y de oportunidades de las mujeres y remover los obstáculos
que impidan la igualdad o generen discriminación por razón de sexo, en el ámbito
deportivo; así como apoyar y promover la formación de personal técnico deportivo, tanto
en su desempeño técnico como en sus habilidades para la prevención e intervención
ante conductas violentas como la violencia sexual, el machismo y el sexismo, a través de
la colaboración con las federaciones deportivas y con los organismos competentes de la
Administración General del Estado.
Segundo.
Que al Ministerio de Igualdad le corresponde la propuesta y ejecución de la política
del Gobierno en materia de prevención y erradicación de las distintas formas de violencia
contra la mujer.
Que a la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia
contra las Mujeres, bajo la autoridad de la persona titular del Ministerio, le corresponde
proponer y desarrollar las políticas del Gobierno en materia de prevención y erradicación
de las distintas formas de violencia contra la mujer.
Que a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género (en adelante,
DGVG), órgano dependiente de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la
Erradicación de la violencia contra las Mujeres, le corresponde el impulso, coordinación y
asesoramiento en todas las medidas que se lleven a cabo contra las distintas formas de
violencia contra la mujer y, especialmente, las siguientes funciones, entre otras: la
sensibilización social y la prevención de todas las formas de violencia contra la mujer
para lo que se impulsará la formación de los colectivos profesionales y de la sociedad
civil en igualdad; la promoción de la coordinación y la colaboración entre las
Administraciones Públicas y departamentos ministeriales competentes para prevenir y
combatir todas las formas de violencia contra la mujer, mediante los instrumentos
jurídicos adecuados y la elaboración de estrategias, planes y protocolos de actuación.

Que el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia
contra las mujeres y la violencia doméstica, hecho en Estambul en 2011, ratificado por
España en 2014 (en adelante, Convenio de Estambul), se aplica a todas las formas de
violencia contra las mujeres. El convenio define la «violencia contra las mujeres» como
una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra las
mujeres, que designará todos los actos de violencia basados en el género que implican o
pueden implicar para las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual,
psicológica o económica, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o
la privación de libertad, en la vida pública o privada.
Cuarto.
Que la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género (en adelante, Ley Integral), tiene como objeto actuar contra
la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y

cve: BOE-A-2024-13760
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Tercero.