III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13755)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Viernes 5 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 83621

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13755

Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y
Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

La Abogada General del Estado y el Presidente de Trabajo Penitenciario y
Formación para el Empleo han suscrito un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 29 de junio de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo
REUNIDOS
De una parte, doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General del
Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 19/2023, de 17 de enero (BOE
n.º 15, de 18 de enero de 2023), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su
favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7. d) de la Orden JUS/987/2020, de 20
de octubre, sobre delegación de competencias.
Y, de otra parte, don Ángel Luis Ortiz González, actuando en nombre y
representación de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, con domicilio social
en calle Cedaceros, 11, 4.ª planta, 28014 Madrid y NIF Q2813006J, en su condición de
Presidente, cargo regulado en el artículo 6 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero,
por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario
y Formación para el Empleo, y que ostenta en virtud de su nombramiento como
Secretario General de Instituciones Penitenciarias, según dispone el artículo 504/2018,
de 18 de junio.
MANIFIESTAN

Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.

cve: BOE-A-2024-13755
Verificable en https://www.boe.es

Primero.