III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13780)
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Alcázar de San Juan n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 83903
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13780
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Alcázar de San Juan n.º 2, por la que se
suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de
herencia.
En el recurso interpuesto por doña M. C. C. contra la calificación de la Registradora
de la Propiedad de Alcázar de San Juan número 2, doña Paloma Díez Medrano, por la
que se suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de
herencia.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 18 de mayo de 2023 por el Notario de Pedro
Muñoz, don Pedro José García Marco, se otorgaban las operaciones de aceptación y
adjudicación de la herencia causada por el fallecimiento de doña C. C. H., fallecida el
día 6 de abril de 2022 en estado de viuda de don A. C. P., de cuyo matrimonio había
tenido tres hijos –doña M. C., don A. y doña M. C. C.–. Ocurrió su óbito bajo la vigencia
de su último testamento, otorgado el día 27 de marzo de 2014 ante el Notario de
Tomelloso. don Lino Esteban Sánchez-Cabezudo Díaz-Guerra, en el que, tras ordenar
ciertos legados, instituyó herederos a sus hijos por partes iguales, sustituidos para el
caso de premoriencia por sus descendientes.
El heredero don A. C. C. falleció el día 22 de abril de 2022 en estado de casado con
doña M. J. L. L., y en la escritura constaba como título sucesorio lo siguiente: «teniendo
de dicho matrimonio dos hijas llamadas doña R. y doña E. C. L., habiendo sido dichas
señoras declaradas herederas abintestato dicha hijas sin perjuicio del usufructo viuda
legitimario [sic] en acta notarial autorizada el día veintitrés de agosto de dos mil veintidós
por el Notario de Valencia Don Ramón Marín Casanova, con el número 1.686 de su
protocolo».
II
Presentada el día 29 de diciembre de 2023 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Alcázar de San Juan número 2, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
Hechos.
El día 29 de diciembre de 2023 se presentó -Asiento 661 del Diario 227-, escritura de
aceptación y adjudicación de herencia de doña C. C. H. otorgada en Pedro Muñoz el
día 18 de mayo de 2023, ante el Notario don Pedro José García Marco, número 469 de
protocolo.
cve: BOE-A-2024-13780
Verificable en https://www.boe.es
«Nota de calificación n.º 661/227.
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 83903
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13780
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Alcázar de San Juan n.º 2, por la que se
suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de
herencia.
En el recurso interpuesto por doña M. C. C. contra la calificación de la Registradora
de la Propiedad de Alcázar de San Juan número 2, doña Paloma Díez Medrano, por la
que se suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de
herencia.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 18 de mayo de 2023 por el Notario de Pedro
Muñoz, don Pedro José García Marco, se otorgaban las operaciones de aceptación y
adjudicación de la herencia causada por el fallecimiento de doña C. C. H., fallecida el
día 6 de abril de 2022 en estado de viuda de don A. C. P., de cuyo matrimonio había
tenido tres hijos –doña M. C., don A. y doña M. C. C.–. Ocurrió su óbito bajo la vigencia
de su último testamento, otorgado el día 27 de marzo de 2014 ante el Notario de
Tomelloso. don Lino Esteban Sánchez-Cabezudo Díaz-Guerra, en el que, tras ordenar
ciertos legados, instituyó herederos a sus hijos por partes iguales, sustituidos para el
caso de premoriencia por sus descendientes.
El heredero don A. C. C. falleció el día 22 de abril de 2022 en estado de casado con
doña M. J. L. L., y en la escritura constaba como título sucesorio lo siguiente: «teniendo
de dicho matrimonio dos hijas llamadas doña R. y doña E. C. L., habiendo sido dichas
señoras declaradas herederas abintestato dicha hijas sin perjuicio del usufructo viuda
legitimario [sic] en acta notarial autorizada el día veintitrés de agosto de dos mil veintidós
por el Notario de Valencia Don Ramón Marín Casanova, con el número 1.686 de su
protocolo».
II
Presentada el día 29 de diciembre de 2023 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Alcázar de San Juan número 2, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
Hechos.
El día 29 de diciembre de 2023 se presentó -Asiento 661 del Diario 227-, escritura de
aceptación y adjudicación de herencia de doña C. C. H. otorgada en Pedro Muñoz el
día 18 de mayo de 2023, ante el Notario don Pedro José García Marco, número 469 de
protocolo.
cve: BOE-A-2024-13780
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«Nota de calificación n.º 661/227.