III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-13820)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. y Axis Participaciones Empresariales, S.G.E.I.C., SA, S.M.E., para la instrumentación de las facilidades ICO-Verde e ICO Empresas y Emprendedores financiadas por la Unión Europea en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84317
ANEXO IV
Declaración de autorización de cesión y tratamiento de datos y consentimiento
(En caso de que haya varios titulares de la Financiación, se presentará una Declaración por cada uno de los titulares)
DATOS DEL REPRESENTANTE/ APODERADO DE LA EMPRESA RECEPTORA DE LA FINANCIACIÓN
NOMBRE:__________________________ APELLIDOS:______________________________________________
NIF: ____________________
DATOS DE LA EMPRESA /RECEPTOR DE LA FINANCIACIÓN:
NIF_________________
DENOMINACIÓN SOCIAL:_____________________________________________________________________
AUTÓNOMO: Nombre y Apellidos _______________________________________________________________
DOMICILIO SOCIAL: _________________________________________________________________________
LOCALIDAD: ______________________________________ PROVINCIA: ______________________________
CP:_________ TELÉFONO:_______________ e-mail: ___________________________
CÓDIGO CNAE: _____________
en calidad de solicitante de la financiación con recursos provenientes del PRTR
DECLARA
Conocer la normativa que es de aplicación, en particular los siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las
medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y
resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías
armonizadas de datos siguientes:
a. El nombre del perceptor final de los fondos;
b. El nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder
adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;
c. Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del
contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de
capitales o la financiación del terrorismo y en la normativa española aplicable en la materia;
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán
tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la
aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los
fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado
1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319
del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de
rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por
separado, en el informe anual de gestión y rendimiento».
Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines
expresamente relacionados en los artículos citados.
En ………… a …. de ………………. de 20….
Firma________________________________
cve: BOE-A-2024-13820
Verificable en https://www.boe.es
d. Una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de
recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la
cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84317
ANEXO IV
Declaración de autorización de cesión y tratamiento de datos y consentimiento
(En caso de que haya varios titulares de la Financiación, se presentará una Declaración por cada uno de los titulares)
DATOS DEL REPRESENTANTE/ APODERADO DE LA EMPRESA RECEPTORA DE LA FINANCIACIÓN
NOMBRE:__________________________ APELLIDOS:______________________________________________
NIF: ____________________
DATOS DE LA EMPRESA /RECEPTOR DE LA FINANCIACIÓN:
NIF_________________
DENOMINACIÓN SOCIAL:_____________________________________________________________________
AUTÓNOMO: Nombre y Apellidos _______________________________________________________________
DOMICILIO SOCIAL: _________________________________________________________________________
LOCALIDAD: ______________________________________ PROVINCIA: ______________________________
CP:_________ TELÉFONO:_______________ e-mail: ___________________________
CÓDIGO CNAE: _____________
en calidad de solicitante de la financiación con recursos provenientes del PRTR
DECLARA
Conocer la normativa que es de aplicación, en particular los siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las
medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y
resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías
armonizadas de datos siguientes:
a. El nombre del perceptor final de los fondos;
b. El nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder
adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;
c. Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del
contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de
capitales o la financiación del terrorismo y en la normativa española aplicable en la materia;
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán
tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la
aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los
fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado
1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319
del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de
rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por
separado, en el informe anual de gestión y rendimiento».
Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines
expresamente relacionados en los artículos citados.
En ………… a …. de ………………. de 20….
Firma________________________________
cve: BOE-A-2024-13820
Verificable en https://www.boe.es
d. Una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de
recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la
cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».