III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-13659)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificación de la estación de compresión de Chinchilla. Proyecto de sustitución de una unidad turbocompresora TC-101 por otra unidad motocompresora MC-101".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 4 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 83311

Este procedimiento se regula en los artículos 45 y siguientes de la Ley de evaluación
ambiental, y así, el apartado 2, letra c), del artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta
el resultado de las consultas realizadas, el órgano ambiental podrá determinar, mediante
la emisión del informe de impacto ambiental, si no es posible dictar una resolución
fundada sobre los posibles efectos adversos del proyecto sobre el medio ambiente.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 8.1.b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de
Evaluación Ambiental,
Esta Dirección General, resuelve:
De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de Derecho alegados y
como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es posible
dictar una resolución fundada al no contar con elementos de juicio suficientes sobre los
posibles efectos adversos sobre el medio ambiente del proyecto «Modificación de la
estación de compresión de Chinchilla. Proyecto de sustitución de una unidad
turbocompresora TC-101 por otra unidad motocompresora MC-101», procediéndose a la
terminación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada con
archivo de actuaciones.
Esta resolución será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es).
De conformidad con el apartado 5 del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental,
el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los
que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización
del proyecto.
Madrid, 25 de junio de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.

cve: BOE-A-2024-13659
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 161