III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2024-13520)
Resolución de 26 de junio de 2024, del Centro de Estudios Jurídicos, O.A., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la colaboración en materia de actividades formativas dirigidas a los cuerpos de Letrados/as de la Administración de Justicia, Médicos/as Forenses, Facultativos/as del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, Abogados/as del Estado y Cuerpos Generales y Especiales de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82489

El Centro de Estudios Jurídicos, O.A. incluirá este acceso en la plataforma que utiliza
para ofrecer formación en línea, de manera que las personas con destino profesional, en
prácticas o nombradas en otras Comunidades Autónomas distintas de la firmante
puedan acceder por esta vía a dicha plataforma, seguir los cursos de euskara y utilizar
los materiales didácticos que allí se ofrezcan. Además, el Centro de Estudios Jurídicos,
O.A. realizará las oportunas convocatorias de plazas para los servicios tutorizados de
aprendizaje on-line para las personas solicitantes que el Centro de Estudios Jurídicos
seleccione, en los términos que se acuerden en la comisión de seguimiento del
Convenio.
El servicio que gestiona la citada plataforma facilitará la información necesaria para
que el personal del ámbito de actuación del presente Convenio pueda proceder a la
realización de exámenes o pruebas dirigidos a acreditar el conocimiento de la lengua, a
través de las Instituciones competentes en la materia en la Comunidad Autónoma.
3. Formación del personal de Justicia no transferido (Letrados/as de la
Administración de Justicia y Abogados/as del Estado).
La Comunidad Autónoma del País Vasco y el Centro de Estudios Jurídicos, O.A.
asumirán conjuntamente la organización, gestión, supervisión y financiación de las
actividades de formación programadas en el plan de actuación previsto para cada año y
aprobado por la comisión de seguimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma del
País Vasco, que se regirán por las siguientes directrices:
a)

Atribuciones correspondientes a ambas entidades:

– Elaboración conjunta del programa formativo a desarrollar durante el año (plan de
actuación anual) y su aprobación por parte de la comisión de seguimiento.
– Designación e interlocución con los equipos docentes, que tendrán que ser
elegidos preferentemente entre miembros de los Cuerpos destinatarios de formación
destinados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, con probada experiencia y
conocimientos en el tema escogido en cada caso.
– Valoración de la calidad didáctica de las actividades formativas, en orden a la
evaluación necesaria para la determinación de las pautas ulteriores de actuación.
– Financiación de las actividades del plan de actuación anual de acuerdo con las
condiciones establecidas en la cláusula quinta de este convenio.
– Seguimiento administrativo y control de las actividades.
– Las que queden en el seno de la Comisión de Seguimiento.
Atribuciones correspondientes a la Comunidad Autónoma del País Vasco:

– Realización del seguimiento administrativo y el control de las actividades.
– Cesión gratuita de espacios (sedes, servicios o instalaciones) para la organización
de las actividades que se programen en el marco del convenio.
– Dotación de los locales y el equipamiento técnico adecuados a las actividades de
formación programadas, así como del apoyo didáctico necesario.
– Seguimiento de la participación académica del alumnado y su evaluación, en los
casos en que corresponda, con el fin de verificar el grado de aprovechamiento del curso.
– Distribución de las encuestas de satisfacción entre las personas participantes al
finalizar cada actividad formativa, y remisión de los resultados al Centro de Estudios
Jurídicos, O.A.
– Abono de los gastos de desplazamiento y en su caso, estancia y manutención de
las personas participantes de las actividades formativas (dirección, ponentes y
alumnado).
c)

Atribuciones correspondientes al Centro de Estudios Jurídicos, O.A.:

– Selección de asistentes y concesión de las correspondientes comisiones de
servicio para la asistencia a las actividades de formación, cuando proceda.

cve: BOE-A-2024-13520
Verificable en https://www.boe.es

b)