III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13533)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Pájara, por la que se suspende la inscripción de una escritura de segregación y venta en unión de otra escritura de segregación y compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82591

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13533

Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Pájara, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de segregación y venta en unión de otra escritura
de segregación y compraventa.

En el recurso interpuesto por don J. J. C. C. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Pájara, don Jorge Severo Alonso López, por la que se
suspende la inscripción de una escritura de segregación y venta en unión de otra
escritura de segregación y compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 13 de abril de 1977 por el notario de Puerto del
Rosario, don Luis González Alemán, con el número 233 de protocolo, don J. C. H. y
doña H. G. M. segregaron de la finca matriz número 411 de Tuineje 13 hectáreas, 72
áreas y 8 centiáreas y vendían la finca segregada a don A. C. R. Se aportaba, además,
escritura autorizada el día 28 de agosto de 1997 en Morro Jable por el notario de Puerto
del Rosario, don Fidel Sánchez Lozano, con el número 2.125 de protocolo, por la que
don A. C. R. segregaba de la anterior finca 10.000 metros cuadrados y los vendía a
don J. J. C. C., acompañando levantamientos planimétricos y de un disco compacto.
II
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Pájara, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Hechos
Se presenta escritura autorizada en Morro Jable el 28/08/1997 por el Notario que fue
de Puerto Del Rosario don Fidel Sánchez Lozano, con el número 2125/1997 de su
protocolo, en unión de escritura autorizada por el notario que fue de Puerto del Rosario
don Luis González Alemán, con protocolo 233 de fecha 13/04/1977, levantamientos
planimétricos de fechas marzo de 2006 y 25/01/2024 y de CD de nombre AD3D,
presentada bajo el asiento 2068, del Diario 64:

De conformidad con el Artículo 18 de la Ley Hipotecaria y concordantes de su
reglamento se suspende la inscripción por los siguientes defectos:
1. Falta de previa inscripción de la parcela segregada de la finca 411 de Tuineje a
favor de don A. C. R. y doña A. C. G. (escritura autorizada por el notario que fue de
Puerto del Rosario Don Luis González Alemán, con protocolo 233 de fecha 13/04/1977,
que se acompaña pero no ha solicitado la presentación por el presentante), por
aplicación del principio de tracto sucesivo reconocido en el artículo 20 de la Ley
Hipotecaria, ya que para inscribir o anotar títulos por los que se declare, transmitan,

cve: BOE-A-2024-13533
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