III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2024-13518)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, letras de identificación "R-CALF-02", y sus anexos, para ser utilizado por Crédit Agricole Leasing & Factoring, Sucursal en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82450

Contrato de Arrendamiento de bienes muebles
R-CALF 02
Nº de contrato:
Modelo R-CALF 02 aprobado por la Resolución de aprobación de la DGSJFP, de fecha [ ]

Cláusula 8. GASTOS E IMPUESTOS
8.1. Todos los impuestos y gastos con motivo de la utilización, entrega, transporte, aduanas, seguros y Arrendamiento
del bien en general, los derivados de la ejecución del presente Contrato, correrán a cargo del Arrendatario.
8.2. El importe de las tasas e impuestos liquidados por el Arrendador se facturarán al Arrendatario y deberán ser pagados
por este desde el momento de la recepción de la relación o resumen de aquellos. El Arrendador podrá exigir al
Arrendatario la cobertura del importe estimado de dichos gastos.
8.3. En caso de retraso en el pago de cualquier suma debida por el Arrendatario, serán de su cargo los gastos derivados
de la correspondiente reclamación.
8.4. El presente contrato está sujeto al tipo del impuesto sobre el valor añadido (I.V.A.) que corresponda en virtud de lo
previsto en la Ley 37/1.992 y Real Decreto 1.624/1.992 y posteriores normas que las modifiquen. El Arrendador facilitará
al Arrendatario, en la forma y tiempo previstos por la Ley, las facturas, o en su caso documentos análogos, del I.V.A.
repercutido.
8.5. Serán de cuenta del Arrendatario todos los gastos y tributos, incluidos en su caso los de intervención del contrato
por Notario, o elevación a escritura pública, en su caso a elección del Arrendador, que graven el otorgamiento,
terminación o vencimiento anticipado de este contrato, así como aquellos que se deriven de la formalización,
legitimación, inscripción y cancelación en los registros correspondientes de garantías personales o reales para asegurar
las obligaciones previstas en este contrato, la tenencia del bien, su uso y la extinción de la relación jurídica que ahora se
inicia, así como los gastos, honorarios y costas ocasionadas al Arrendador en la defensa de sus derechos y ejercicio de las
acciones derivadas del presente contrato, incluidos los ocasionados en la recuperación de los bienes, así como los
honorarios de Abogados y derechos de Procurador, aunque su intervención no fuere preceptiva.
8.6. En el supuesto de que durante la vigencia del presente contrato se modificase el régimen fiscal ya sea estatal,
autonómico o local, tal alteración será soportada por el Arrendatario, sea cual fuere su importe, aumentando o
disminuyendo el importe de las rentas periódicas.
8.7. El Arrendador repercutirá todos los gastos ocasionados por el alta, baja o modificación de titularidad ante la Dirección
General de Tráfico o cualquier otro Organismo necesario al efectuar la venta de los equipos, no asumiendo ningún gasto
por estos conceptos.
Si existiesen sanciones administrativas en materia de Tráfico y Transportes derivadas de la utilización del bien (en el caso
de que el objeto del presente Contrato sea un equipo matriculado) será el Arrendatario el obligado al pago de los mismos
y en su caso, los costes de la defensa jurídica.
8.8. Cualquier otro gasto no contemplado será por cuenta del Arrendatario, salvo que legalmente se establezca cuestión
distinta.

Cláusula 9. CONCURSO DE ACREEDORES DEL ARRENDATARIO O DEL FIADOR

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En ___________________a ______de ____________de

Arrendador
Fdo.

Arrendatario/s
Fdo.

Fiador/es
Fdo.

cve: BOE-A-2024-13518
Verificable en https://www.boe.es

El concurso de acreedores del Arrendatario o del Fiador no afectará al cumplimiento de su obligación de pago de rentas
bajo el presente Contrato, ya sean anteriores o posteriores a la declaración de concurso. De igual modo, tampoco afectará