III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13524)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora mercantil IV de Alicante, por la que se rechaza el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio del año 2022, así como la inscripción de auditor voluntario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82522

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13524

Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
extendida por la registradora mercantil IV de Alicante, por la que se rechaza
el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio del año
2022, así como la inscripción de auditor voluntario.

En el recurso interpuesto por don A. M. M., en nombre y representación y como
liquidador único de la entidad mercantil «Fontanería Hermanos Monasor, S.L.», contra la
nota de calificación extendida por la registradora Mercantil IV de Alicante, doña María del
Pilar Planas Roca, por la que se rechaza el depósito de cuentas de dicha sociedad
correspondiente al ejercicio del año 2022, así como la inscripción de auditor voluntario.
Hechos
I
Se solicitaba del Registro Mercantil de Alicante la práctica del depósito de las
cuentas de la sociedad «Fontanería Hermanos Monasor, S.L.» correspondientes al
ejercicio 2022, con presentación de la documentación correspondiente.
Con posterioridad, se solicitaba, mediante documento privado, la toma de razón del
nombramiento de auditor voluntario en junta general celebrada el día 1 de septiembre
de 2021.
II
Presentada la documentación relativa a la solicitud de depósito de cuentas en el
Registro Mercantil de Alicante, fue objeto de una nota de calificación del siguiente tenor:
«María Pilar Planas Roca, Registradora Mercantil de Alicante, previo el consiguiente
examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6
del Reglamento del Registro Mercantil, he resuelto no practicar el depósito solicitado
conforme a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:

Diario/Asiento: 35/20995
F. Presentación: 26/07/2023
Entrada: 2/2023/524226,0
Sociedad: Fontanería Hermanos Monasor SL en liquidación
Ejerc. Depósito: 2022
Hoja: A-10182
Fundamentos de Derecho (defectos)
– Falta presentar informe de auditoría, según expediente 43/2023 seguido en este
Registro de conformidad con el artículo 265.2 de la Ley de Sociedades de Capital.
– Se comunica sin que forme parte de la calificación: que la subsanación del envío
telemático deberá hacerse en un nuevo envío subsanatorio en el que se tendrá que
indicar el número de entrada subsanado (que consta en esta misma notificación). Y se

cve: BOE-A-2024-13524
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Hechos