III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-13552)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de revisión de las tablas salariales para el año 2023 del X Convenio colectivo de Iberia, Líneas Aéreas de España, SA, Operadora y sus tripulantes pilotos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82767

ANEXO 1-A (VIII C.C.)
Nueva tabla salarial tripulantes pilotos

11 año 2 11 año 1
Niveles

1D

1C

1B

1A

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11.2

11.1

Sueldo base.

1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.122,94 1.095,39

Prima razón viaje garantizada (70 horas).

4.283,28 4.016,23 3.765,78 3.483,69 3.198,52 2.898,06 2.593,87 2.285,86 1.757,28 1.548,44 1.326,14 1.021,69

564,48

408,81

251,31

102,17

Precio hora atípica.

56,36

52,85

49,55

45,84

42,09

38,13

34,13

30,08

23,12

20,37

17,45

13,44

7,43

5,38

3,31

1,34

Precio h. vuelo adicionales desde 71 (inclusive) en adelante.

52,28

49,03

46,00

42,52

39,07

35,39

31,67

27,90

21,45

18,79

16,04

13,30

7,36

5,47

3,63

1,33

Precio horas hasta 156.54 horas act. lab. (1. Bloque).

27,36

25,66

24,06

22,25

20,43

18,51

16,57

14,60

11,23

9,89

8,47

6,53

3,61

2,61

1,61

0,65

Precio horas desde 156,55 horas. act. lab. en adelante (2. Bloque).

32,17

30,15

28,26

26,15

24,01

21,75

19,50

17,17

13,20

11,52

9,86

8,14

4,50

3,29

1,78

0,83

cve: BOE-A-2024-13552
Verificable en https://www.boe.es

Efectividad: de 1 de enero de 2023.
El valor de las horas atípicas que exceda de la garantía tendrá un incremento del 19,57%.
El valor de las horas reales base que exceda de la garantía tendrá un incremento del 19,57% (tripulante enfermo o con reducción de la garantía).
El valor de las horas de actividad aérea en tierra que exceda de la garantía tendrá un incremento del 19,57%.
El valor de las horas de act. lab. (1 bloque) que exceda de la garantía tendrá un incremento del 19,57% (tripulante enfermo o con reducción de la garantía).