III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13391)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Palafrugell, por la que se deniega una anotación preventiva de legado solicitada mediante instancia privada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Martes 2 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 81934

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13391

Resolución de 6 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Palafrugell, por la que se deniega una
anotación preventiva de legado solicitada mediante instancia privada.

En el recurso interpuesto por don F. M. M., abogado, en nombre y representación de
doña E. B. D., contra la calificación del registrador de la Propiedad de Palafrugell, don
David Jesús Melgar García, por la que se deniega una anotación preventiva de legado
solicitada mediante instancia privada.
Hechos
I
Mediante instancia privada de fecha 9 de febrero de 2024, doña E. B. D solicitaba
anotación preventiva del legado ordenado a su favor sobre la finca registral
número 1.147 del Registro de la Propiedad Palafrugell de su causante, don V. D. S. El
citado causante, en su último testamento otorgado el día 30 de enero de 2014 ante la
notaria de La Bisbal d’Empordà, doña Marta Bernabéu Farrús, ordenaba legado a favor
de la solicitante y de su madre, con carácter conjunto y sucesivo, de un derecho vitalicio
de uso sobre la vivienda, finca registral número 1.147 «únicamente para el caso de que
en cualquier momento de su vida no tengan domicilio donde residir». Se adjudicó la finca
a favor de doña M. C. M. M. mediante escritura de manifestación de herencia otorgada el
día 17 de julio de 2014 ante la misma notaria. Esta escritura causó inscripción el día 23
de septiembre de 2014.
II
Presentada el día 9 de febrero de 2024 la referida instancia en el Registro de la
Propiedad de Palafrugell, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Conforme al artículo 18 de la Ley Hipotecaria (reformado por Ley 24/2001 de 27 de
diciembre) y 98 y siguientes del Reglamento Hipotecario:

Nota de calificación:
Hechos:
Único.
Se presenta instancia privada solicitando la práctica de anotación preventiva de
legado a favor de la solicitante. Se acompaña copia de un testamento en el que se

cve: BOE-A-2024-13391
Verificable en https://www.boe.es

El Registrador de la Propiedad que suscribe, previo examen y calificación del
documento presentado por don/doña B. D., E., el día 09/02/2024, bajo el asiento
número 1563, del tomo 74 del Libro Diario y número de entrada 595, que corresponde al
documento otorgado por el notario de, con el número / de su protocolo, de
fecha 09/02/2024, ha resuelto no practicar los asientos solicitados en base a los
siguientes hechos y fundamentos de Derecho: