II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-13374)
Resolución de 26 de junio de 2024, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
46 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Martes 2 de julio de 2024
2.1.2

Sec. II.B. Pág. 81271

Requisitos específicos.

a) Estar en posesión del título de doctor/a o, en el caso de titulaciones expedidas
por universidades extranjeras, de la declaración de equivalencia al nivel académico de
Doctor.
b) Disponer de la acreditación pertinente para el cuerpo de profesorado titular de
Universidad, con arreglo a lo dispuesto en el Real decreto 678/2023. En el caso de ser
ya funcionario/a del mismo cuerpo, no estar incurso en la prohibición del apartado 4 del
artículo 35 de este Real Decreto.
Las personas acreditadas que sean nacionales de otros Estados no miembros de la
Unión Europea podrán tomar parte en los concursos de acceso y, en su caso, acceder a
la función pública cuando el Estado de su nacionalidad reconozca aptitud legal a los
españoles/as para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de
los/as funcionarios/as docentes en la universidad española.
c) En el caso de las plazas incluidas dentro de la reserva para personal
investigador con certificado R3/I3, poseer dicha certificación R3, con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 22 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación, o haber superado una evaluación equivalente a la del
programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad
investigadora (I3).
2.2 La posesión de todos los requisitos estará referida siempre a la fecha de
expiración del plazo de presentación de solicitudes de participación y deberá mantenerse
a lo largo de todo el proceso selectivo, excepto en el caso señalado en el
apartado 2.1.1.e), que podrá acreditar la persona candidata propuesta en los términos
establecidos en el apartado 9.1 de esta convocatoria.
Solicitudes

3.1 Las personas que deseen participar en esta convocatoria deberán presentar su
solicitud, acompañada de la documentación correspondiente, únicamente por medios
electrónicos, a través de los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica
de la USC (https://sede.usc.es/sede/publica/catalogo/procedemento/126/ver.htm), para lo
que deberán emplear los medios de identificación y firma admitidos por la sede
electrónica
de
la
USC
(https://sede.usc.es/sede/publica/informacion/
aspectosTecnicos.htm).
De forma excepcional para este procedimiento, únicamente las personas de
nacionalidades distintas de la española podrán usar medios de identificación electrónicos
alternativos.
La no presentación de la solicitud electrónica será causa de exclusión y no podrá
repararse en el plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria.
3.2 Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los
documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del
documento original para el cotejo de la copia presentada.
La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato o
información en la declaración, así como la no presentación de la documentación cuando
le sea requerida, determinará la no selección y/o la no formalización del nombramiento,
sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que procedan.
3.3 Con el fin de garantizar la participación en condiciones de igualdad, aquellas
personas con necesidades específicas derivadas de alteraciones físicas, psíquicas o
sensoriales con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % podrán solicitar las
medidas o los recursos adicionales necesarios para desarrollar el procedimiento
selectivo.
Quien solicite prueba adaptada lo debe hacerlo constar expresa y motivadamente en
el momento de la inscripción.

cve: BOE-A-2024-13374
Verificable en https://www.boe.es

3.