II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Cuerpo de Ingenieros Geógrafos. (BOE-A-2024-13336)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Geógrafos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Martes 2 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 81072

perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del tribunal, a materias
relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya
repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No
se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes
a estudios universitarios, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a
jornadas, seminarios, simposios y similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una
relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado
de requisitos y méritos.
Personal laboral:
La antigüedad del aspirante en la categoría profesional a la que pertenezca,
teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos prestados hasta la fecha de
publicación de la presente convocatoria; la superación de procesos selectivos para
adquirir la condición de personal laboral fijo y los cursos de formación y
perfeccionamiento superados en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en
otros Centros Oficiales de formación de empleados públicos, de acuerdo con la siguiente
puntuación:

Se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya
repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No
se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes
a estudios universitarios, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a
jornadas, seminarios, simposios y similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como una
relación en la que aparezcan todos los cursos acreditados, se acompañará al certificado
de requisitos y méritos.
La puntuación final del concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados
anteriores.
3. Curso selectivo. Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 253/2024 de 12 de marzo (BOE del 13), por la que se desarrolla la estructura
orgánica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y se modifica el Real

cve: BOE-A-2024-13336
Verificable en https://www.boe.es

a) Antigüedad. Se otorgará a cada aspirante, por cada año completo de servicios
efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo de 14 puntos.
b) Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral
fijo: por cada proceso selectivo 2,5 puntos para los grupos profesionales 1G o M3 y 1,25
punto para categoría M2, con un máximo de 5 puntos.
c) Experiencia como personal interino o temporal en la Administración General del
Estado, en funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros Geógrafos del
Estado. Se otorgará un punto por cada año trabajado para 1G o M3 y 0,5 puntos para
M2, hasta un máximo de 6 puntos. La forma de acreditación será mediante el anexo V y
certificado de funciones realizadas expedida por el responsable de la unidad
administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.
d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados. Se otorgará a cada
aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 5 puntos, por cada curso de formación y
perfeccionamiento realizado, siempre que se refiera, a juicio del tribunal, a materias
relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.