II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-13335)
Resolución de 21 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo, para la estabilización de empleo temporal, en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 81050
7.2 El Tribunal calificador elevará a la autoridad convocante la relación de las siete
personas aspirantes, que hayan obtenido mayor puntuación en el proceso, por su orden
de puntuación.
8.
Embarazo de riesgo o parto
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las
personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que
deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las
mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de las personas aspirantes que
han superado el proceso selectivo.
9.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante la Subsecretaría del Interior, en el plazo de un mes desde su
publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a
elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal calificador conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Madrid, 21 de junio de 2024.–La Subsecretaria del Interior, P. D. (Orden
INT/985/2005, de 7 de abril), el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel
Luis Ortiz González.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1.
2.
Concurso.
Periodo de prácticas.
cve: BOE-A-2024-13335
Verificable en https://www.boe.es
El proceso selectivo se hará en virtud de los méritos y capacidad de las personas
participantes, conforme al siguiente procedimiento que constará de las siguientes fases:
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 81050
7.2 El Tribunal calificador elevará a la autoridad convocante la relación de las siete
personas aspirantes, que hayan obtenido mayor puntuación en el proceso, por su orden
de puntuación.
8.
Embarazo de riesgo o parto
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las
personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que
deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las
mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de las personas aspirantes que
han superado el proceso selectivo.
9.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante la Subsecretaría del Interior, en el plazo de un mes desde su
publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a
elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal calificador conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Madrid, 21 de junio de 2024.–La Subsecretaria del Interior, P. D. (Orden
INT/985/2005, de 7 de abril), el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel
Luis Ortiz González.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1.
2.
Concurso.
Periodo de prácticas.
cve: BOE-A-2024-13335
Verificable en https://www.boe.es
El proceso selectivo se hará en virtud de los méritos y capacidad de las personas
participantes, conforme al siguiente procedimiento que constará de las siguientes fases: