II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-13376)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Universitat de València, por la que se convoca proceso selectivo de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Superior de Gestión de Investigación.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 81334
nulidad subsiguiente de los actos del órgano técnico de selección respecto de ella, sin
perjuicio de las responsabilidades en que haya podido incurrir.
8.4 Si alguna persona tuviera la condición de funcionaria o de personal laboral al
servicio de la Universitat de València estará exenta de presentar la documentación
relacionada en los apartados 8.2.1, 8.2.2 y 8.2.3, si ya la tuviera anteriormente
acreditada ante la misma. No obstante, el órgano convocante podrá solicitar que se
vuelva a exigir una nueva acreditación de aquellos requisitos que considere conveniente,
ya sea por el tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarden relación directa
con las funciones o tareas de los puestos a desempeñar.
Novena.
Nombramiento de funcionarios o funcionarias.
Una vez transcurrido el plazo de presentación de la documentación especificada en
la base octava de esta convocatoria y después de haberse verificado el cumplimiento de
los requisitos exigidos, la rectora dictará una resolución, que se publicará en el «Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV), mediante la cual las personas
seleccionadas que hayan superado este proceso selectivo serán nombradas funcionarias
de carrera.
Décima. Bolsa de trabajo.
Después de que las personas que hayan superado el proceso selectivo tomen
posesión como funcionarias de carrera, las personas aspirantes que no lo hayan
superado, cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, y hayan alcanzado
una puntuación mínima de 20 puntos, serán incluidos al final de la bolsa de trabajo que
se encuentre vigente de la correspondiente escala.
Si alguna persona ya estaba incluida en la bolsa en una posición superior, se
quedará en la posición que le resulte más beneficiosa.
Información respecto de los datos recogidos.
11.1 La Universitat de València Estudi General es la entidad responsable de los
datos facilitados por las personas aspirantes en este proceso. Se tratará la información
facilitada por las personas aspirantes, exclusivamente, con los fines objeto de la
convocatoria, así como, en su caso, la posterior gestión de personal, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Parte
de los datos facilitados serán publicados en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana»
(DOGV). Asimismo, dichos datos se publicarán en el tablón oficial de anuncios de la
Universitat de València y se cederán a los miembros del tribunal para la resolución de las
reclamaciones planteadas, en su caso, por las personas aspirantes.
11.2 Los datos de las personas aspirantes se conservarán indefinidamente para el
cumplimiento de las finalidades señaladas, conforme a lo dispuesto en la Ley 3/2005,
de 15 de junio, de la Generalitat, de Archivos.
11.3 Las personas aspirantes tienen derecho a solicitar al responsable del
tratamiento el acceso a sus datos personales y su rectificación o supresión, o la
limitación de su tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la
portabilidad de los datos, mediante escrito acompañado de copia de un documento de
identidad y, en su caso, documentación acreditativa de la solicitud, dirigido al Delegado
de Protección de Datos en la Universitat de València.
11.4 La Universitat de València tiene habilitada una dirección (lopd@uv.es) para
cualquier información, sugerencia, petición de ejercicio de derechos y resolución
amistosa de controversias en materia de protección de datos de carácter personal, sin
perjuicio del derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control
competente.
cve: BOE-A-2024-13376
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 81334
nulidad subsiguiente de los actos del órgano técnico de selección respecto de ella, sin
perjuicio de las responsabilidades en que haya podido incurrir.
8.4 Si alguna persona tuviera la condición de funcionaria o de personal laboral al
servicio de la Universitat de València estará exenta de presentar la documentación
relacionada en los apartados 8.2.1, 8.2.2 y 8.2.3, si ya la tuviera anteriormente
acreditada ante la misma. No obstante, el órgano convocante podrá solicitar que se
vuelva a exigir una nueva acreditación de aquellos requisitos que considere conveniente,
ya sea por el tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarden relación directa
con las funciones o tareas de los puestos a desempeñar.
Novena.
Nombramiento de funcionarios o funcionarias.
Una vez transcurrido el plazo de presentación de la documentación especificada en
la base octava de esta convocatoria y después de haberse verificado el cumplimiento de
los requisitos exigidos, la rectora dictará una resolución, que se publicará en el «Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV), mediante la cual las personas
seleccionadas que hayan superado este proceso selectivo serán nombradas funcionarias
de carrera.
Décima. Bolsa de trabajo.
Después de que las personas que hayan superado el proceso selectivo tomen
posesión como funcionarias de carrera, las personas aspirantes que no lo hayan
superado, cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, y hayan alcanzado
una puntuación mínima de 20 puntos, serán incluidos al final de la bolsa de trabajo que
se encuentre vigente de la correspondiente escala.
Si alguna persona ya estaba incluida en la bolsa en una posición superior, se
quedará en la posición que le resulte más beneficiosa.
Información respecto de los datos recogidos.
11.1 La Universitat de València Estudi General es la entidad responsable de los
datos facilitados por las personas aspirantes en este proceso. Se tratará la información
facilitada por las personas aspirantes, exclusivamente, con los fines objeto de la
convocatoria, así como, en su caso, la posterior gestión de personal, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Parte
de los datos facilitados serán publicados en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana»
(DOGV). Asimismo, dichos datos se publicarán en el tablón oficial de anuncios de la
Universitat de València y se cederán a los miembros del tribunal para la resolución de las
reclamaciones planteadas, en su caso, por las personas aspirantes.
11.2 Los datos de las personas aspirantes se conservarán indefinidamente para el
cumplimiento de las finalidades señaladas, conforme a lo dispuesto en la Ley 3/2005,
de 15 de junio, de la Generalitat, de Archivos.
11.3 Las personas aspirantes tienen derecho a solicitar al responsable del
tratamiento el acceso a sus datos personales y su rectificación o supresión, o la
limitación de su tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la
portabilidad de los datos, mediante escrito acompañado de copia de un documento de
identidad y, en su caso, documentación acreditativa de la solicitud, dirigido al Delegado
de Protección de Datos en la Universitat de València.
11.4 La Universitat de València tiene habilitada una dirección (lopd@uv.es) para
cualquier información, sugerencia, petición de ejercicio de derechos y resolución
amistosa de controversias en materia de protección de datos de carácter personal, sin
perjuicio del derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control
competente.
cve: BOE-A-2024-13376
Verificable en https://www.boe.es
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