III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13379)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los estados contables de los partidos políticos y de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellos y de los gastos de programas y actividades de estas financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 81398
presenten saldos que, de haberse integrado, deberían ser objeto de eliminación en las cuentas
anuales consolidadas.
El procedimiento fiscalizador queda delimitado por la no integración de la actividad económicofinanciera en el ámbito institucional mencionada anteriormente.
El partido debería proceder a separar la contabilidad de las comarcas y la de los grupos
municipales integrados, con el objetivo de diferenciar adecuadamente el ámbito territorial del
institucional.
Del análisis de la documentación justificativa de las cuentas anuales presentadas, se deduce que
las mismas reflejan adecuadamente la situación financiera y patrimonial de la formación al cierre
del ejercicio con las siguientes salvedades que se recogen en el apartado B.2:
1. Se ha detectado la existencia de 25 cuentas corrientes titularidad de la formación que no
figuran registradas en el activo corriente y que presentaban un saldo acumulado de
113.024,88 euros.
2. El activo de la formación se encuentra sobrevalorado en 100.969,30 euros debido,
fundamentalmente, a que se deberían regularizar saldos de deudores por lotería debido a la
antigüedad de sus saldos; elementos de transporte, por el elemento que ha sido dado de baja
y las aportaciones realizadas a la Fundación Galiza Sempre, que no fueron contabilizadas
como gasto en el ejercicio en el que se realizaron.
B.2. Observaciones sobre los estados contables
Las cuentas anuales presentadas por la formación han sido formuladas según los modelos
previstos en el Plan General de Contabilidad para Pequeñas y Medianas Empresas, aprobado por
el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre. En los Anexos I y II a este Informe se recogen el
balance de situación y la cuenta de resultados referidos al ejercicio 2017.
De la comprobación de la documentación justificativa de cada uno de los estados presentados se
deducen observaciones que amplían la información contenida en los mismos y que se detallan a
continuación.
B.2.1. Balance de situación
La formación no ha integrado las operaciones de la contabilidad electoral desde el cierre de 2016
cve: BOE-A-2024-13379
Verificable en https://www.boe.es
hasta la fecha de rendición por la coalición del BNG con la formación NOS que concurrió a las
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 81398
presenten saldos que, de haberse integrado, deberían ser objeto de eliminación en las cuentas
anuales consolidadas.
El procedimiento fiscalizador queda delimitado por la no integración de la actividad económicofinanciera en el ámbito institucional mencionada anteriormente.
El partido debería proceder a separar la contabilidad de las comarcas y la de los grupos
municipales integrados, con el objetivo de diferenciar adecuadamente el ámbito territorial del
institucional.
Del análisis de la documentación justificativa de las cuentas anuales presentadas, se deduce que
las mismas reflejan adecuadamente la situación financiera y patrimonial de la formación al cierre
del ejercicio con las siguientes salvedades que se recogen en el apartado B.2:
1. Se ha detectado la existencia de 25 cuentas corrientes titularidad de la formación que no
figuran registradas en el activo corriente y que presentaban un saldo acumulado de
113.024,88 euros.
2. El activo de la formación se encuentra sobrevalorado en 100.969,30 euros debido,
fundamentalmente, a que se deberían regularizar saldos de deudores por lotería debido a la
antigüedad de sus saldos; elementos de transporte, por el elemento que ha sido dado de baja
y las aportaciones realizadas a la Fundación Galiza Sempre, que no fueron contabilizadas
como gasto en el ejercicio en el que se realizaron.
B.2. Observaciones sobre los estados contables
Las cuentas anuales presentadas por la formación han sido formuladas según los modelos
previstos en el Plan General de Contabilidad para Pequeñas y Medianas Empresas, aprobado por
el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre. En los Anexos I y II a este Informe se recogen el
balance de situación y la cuenta de resultados referidos al ejercicio 2017.
De la comprobación de la documentación justificativa de cada uno de los estados presentados se
deducen observaciones que amplían la información contenida en los mismos y que se detallan a
continuación.
B.2.1. Balance de situación
La formación no ha integrado las operaciones de la contabilidad electoral desde el cierre de 2016
cve: BOE-A-2024-13379
Verificable en https://www.boe.es
hasta la fecha de rendición por la coalición del BNG con la formación NOS que concurrió a las