III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-13291)
Resolución 420/38262/2024, de 24 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación «Infante de Orleans», para la preservación y divulgación del Patrimonio Histórico-Aeronáutico Español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Decimotercera.
Sec. III. Pág. 77193
Causas de extinción y de resolución.
Este convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto o siempre que incurra en cualquiera de las causas de extinción establecidas en
el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En el caso de resolución del convenio,
cada parte deberá satisfacer los compromisos que de él se deriven, de acuerdo con el
artículo 52 de la misma ley.
En virtud del artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en caso de
incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los
firmantes, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos, el cual será igualmente comunicado a la
Comisión Mixta.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió comunicará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y
se entenderá resuelto el convenio.
Si a la resolución del presente convenio existiesen actuaciones en curso, las partes,
a propuesta de la Comisión Mixta, podrán acordar la continuación y finalización de
aquellas que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su
finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de estas.
En cualquier caso, la resolución del convenio por cualquiera de las causas
anteriormente citadas no generará efectos indemnizatorios.
cve: BOE-A-2024-13291
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de su conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por el
Ministerio de Defensa, el jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, Javier
Salto Martínez-Avial.–Por la Fundación «Infante de Orleans», el Presidente, Carlos María
Valle Torralbo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Decimotercera.
Sec. III. Pág. 77193
Causas de extinción y de resolución.
Este convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto o siempre que incurra en cualquiera de las causas de extinción establecidas en
el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En el caso de resolución del convenio,
cada parte deberá satisfacer los compromisos que de él se deriven, de acuerdo con el
artículo 52 de la misma ley.
En virtud del artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en caso de
incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los
firmantes, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos, el cual será igualmente comunicado a la
Comisión Mixta.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió comunicará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y
se entenderá resuelto el convenio.
Si a la resolución del presente convenio existiesen actuaciones en curso, las partes,
a propuesta de la Comisión Mixta, podrán acordar la continuación y finalización de
aquellas que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su
finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de estas.
En cualquier caso, la resolución del convenio por cualquiera de las causas
anteriormente citadas no generará efectos indemnizatorios.
cve: BOE-A-2024-13291
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de su conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por el
Ministerio de Defensa, el jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, Javier
Salto Martínez-Avial.–Por la Fundación «Infante de Orleans», el Presidente, Carlos María
Valle Torralbo.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X