III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13275)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Sistema Retributivo y de Designación o Contratación de los órganos de Gobierno y Dirección de las Entidades del Sector Público Empresarial Estatal no financiero, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 76892

funciones y se incrementaron las retribuciones respecto del contrato suscrito el 10 de septiembre
de 2012. Su cese, con efectos del día 31 de julio de 2018, fue notificado por el Presidente el día
20 de ese mismo mes. El 1 de agosto comunicó su nombramiento al nuevo director, que formalizó
el contrato de alta dirección ese mismo día, previo informe favorable de la Abogacía del Estado.

- El Director de Participadas IV, antes Director de División de Participadas de Comunicación,
formalizó el 20 de febrero de 2018 un nuevo contrato en el que se modificaron las funciones y las
retribuciones, respecto a las estipuladas en una adenda de su contrato anterior como Director de
División, formalizada el 30 de diciembre de 2015, como consecuencia de su nombramiento como
Director General que, no obstante, había sido amortizado el 28 de diciembre de 2017.

- El Director de Participadas II, que desde el 1 de octubre de 2012 mantenía una relación laboral
de régimen común con SEPI, fue nombrado por el Presidente el 28 de diciembre de 2017,
habiendo formalizado el contrato de alta dirección el 20 de febrero de 2018. Posteriormente, el 20
de julio de 2018, el Presidente le notificó el cese con efectos del día 31 de ese mismo mes. El 1 de
agosto comunicó su nombramiento a la nueva Directora, que formalizó el contrato de alta
dirección ese mismo día, previo informe favorable de la Abogacía del Estado.
- El Director Corporativo, fue designado por el Presidente de SEPI el 1 de octubre de 2018,
formalizando el contrato de alta dirección el día 8 de ese mismo mes, previo informe favorable de
la Abogacía del Estado.

Tres directivos permanecieron en sus puestos durante todo el ejercicio 2018: la Directora de
Recursos Humanos y Relaciones Laborales, que formalizó su contrato de alta dirección el 23 de
noviembre de 2012; el Director de Auditoría Interna, que lo formalizó el 17 de enero de 2017; y el
Director de Comunicación, que lo formalizó el 11 de abril de 2017.

Las contrataciones de personal directivo efectuadas en el ejercicio 2018 contaron con la
autorización de la DGCPPP. Siete directivos eran funcionarios en situación administrativa de
servicios especiales. La Entidad ha aportado las resoluciones que acreditan el reconocimiento de
esa situación administrativa, a excepción de la Directora de Gabinete de Presidencia designada el
3 de octubre de 2018.

Los contratos de alta dirección estaban adaptados a lo dispuesto en la disposición adicional
octava del RD 3/2012 y en el RD 451/2012. Las retribuciones básicas no alcanzan el límite
máximo permitido en la Orden del MHAP de 12 de abril de 2012, el complemento de puesto de la
Secretaria General y del Consejo y Directora de Asuntos Jurídicos y del Director Corporativo
representaba el 60 % de las retribuciones básicas, y para el resto de los puestos directivos el
39,22 %. El complemento variable retribuye la consecución de los objetivos previamente fijados
por el Ministerio de adscripción. Aunque en los contratos se menciona que las retribuciones en
especie computan a efectos de cumplir los límites de la cuantía máxima de la retribución total
anual, no están especificados los conceptos ni sus cuantías11; tampoco contemplan el

No se admite la alegación porque todas las retribuciones dinerarias y/o en especie han de venir determinadas en el contrato, al menos su
concepto e importe aproximado.
11

cve: BOE-A-2024-13275
Verificable en https://www.boe.es

Las notificaciones de los ceses de los tres directivos no respetaron el plazo de preaviso de 15 días
estipulado en los contratos, por lo que SEPI tuvo que abonar en sus liquidaciones un importe de
8.564,70 euros por falta de preaviso.