III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13275)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Sistema Retributivo y de Designación o Contratación de los órganos de Gobierno y Dirección de las Entidades del Sector Público Empresarial Estatal no financiero, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 76883
prevista en el contrato (siete días por año de servicio de la retribución anual en metálico con un
máximo de seis meses conforme al RD Ley 3/2012), que ascendió a 15.865,49 euros y 13.740,73
euros, respectivamente, y otros 5.230,38 euros y 4.649,12 euros, respectivamente, por
incumplimiento del plazo de preaviso. No obstante, el Director de Recursos Humanos y
Organización firmó el recibí del finiquito dejando constancia de “no conforme”.
Para dar cumplimiento a la obligación de trasladar al Registro del Directivo Público la información
sobre las retribuciones y otras percepciones salariales del máximo responsable, TRAGSA remitió
el 31 de agosto a SEPI los datos de los cuatro directivos con que contaba a esa fecha;
posteriormente, con ocasión de los nuevos nombramientos, trasladó el 25 de octubre a la SEPI la
información con las retribuciones de los nuevos directivos. La DGCPPP consideró que las
retribuciones superaban la cuantía máxima establecida para el grupo 1 de clasificación en el RD
451/2012, por lo que, en cumplimiento del requerimiento, TRAGSA rectificó la información de los
directivos afectados y la remitió actualizada el 14 de febrero de 2019.
TRAGSA disponía en el ejercicio 2018 de un Procedimiento “SG03: Subdirección de Servicios
Generales: viajes” para regular las indemnizaciones por razón de servicio para los
desplazamientos de su personal, que se ajustaba a lo establecido en la Orden HAP/1741/2015, al
RD 462/2002 en las cuantías y al RD 451/2012. Según el procedimiento, los directivos no
requerían autorización para realizar los viajes necesarios en el ejercicio de sus funciones, si bien
los medios de transporte y de alojamiento se regulan por las normas generales de todo el
personal. Durante el ejercicio 2018, los gastos de viaje del personal directivo, en concepto de
transporte y alojamiento, ascendieron a 9.517,18 euros.
Enaire E.P.E.
Corresponde al Presidente de ENAIRE, que es quien ocupe el cargo de Secretario de Estado de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, nombrar y separar al personal directivo según la
modificación introducida por la disposición adicional decimonovena de la Ley 18/2014 en los
Estatutos de la Entidad, aprobados por el RD 905/1991.
Durante el ejercicio 2018, en el organigrama había ocho puestos directivos: el Secretario General,
el Director de Comunicación, el Director de Servicios y de Navegación Aérea, el Jefe de División
de Gabinete de la dirección general, el Jefe de División de Seguridad, Calidad y Medio Ambiente,
la Directora Económico-Financiera, la Directora de Desarrollo Empresarial y la Directora de
Personas.
Solamente tienen la consideración de alta dirección en los términos previstos en el RD 451/2012
el Secretario General, el Director de Comunicación y el Director de Servicios y de Navegación
Aérea, que dependen directamente del Director General; los otros cinco directivos mantenían con
la Entidad una relación laboral de régimen común. El Secretario General es funcionario de carrera
en situación de servicios especiales. En el ejercicio 2018 no se produjeron ceses ni
cve: BOE-A-2024-13275
Verificable en https://www.boe.es
El Director General es el máximo responsable. El 29 de mayo de 2015, el Consejo de
Administración de ENAIRE acordó, a propuesta de su Presidente, el nombramiento del Director
General, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimonovena de la Ley
18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la
competitividad y la eficiencia, habiéndose publicado en el BOE el 24 de junio de 2015. El Director
General no es miembro del Consejo de Administración y tiene la consideración de alto cargo, por
lo que mediante Resolución de 26 de septiembre de la Secretaría de Estado de la Función Pública
se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21.5 de la Ley 3/2015, publicando la declaración
de bienes y derechos patrimoniales.
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 76883
prevista en el contrato (siete días por año de servicio de la retribución anual en metálico con un
máximo de seis meses conforme al RD Ley 3/2012), que ascendió a 15.865,49 euros y 13.740,73
euros, respectivamente, y otros 5.230,38 euros y 4.649,12 euros, respectivamente, por
incumplimiento del plazo de preaviso. No obstante, el Director de Recursos Humanos y
Organización firmó el recibí del finiquito dejando constancia de “no conforme”.
Para dar cumplimiento a la obligación de trasladar al Registro del Directivo Público la información
sobre las retribuciones y otras percepciones salariales del máximo responsable, TRAGSA remitió
el 31 de agosto a SEPI los datos de los cuatro directivos con que contaba a esa fecha;
posteriormente, con ocasión de los nuevos nombramientos, trasladó el 25 de octubre a la SEPI la
información con las retribuciones de los nuevos directivos. La DGCPPP consideró que las
retribuciones superaban la cuantía máxima establecida para el grupo 1 de clasificación en el RD
451/2012, por lo que, en cumplimiento del requerimiento, TRAGSA rectificó la información de los
directivos afectados y la remitió actualizada el 14 de febrero de 2019.
TRAGSA disponía en el ejercicio 2018 de un Procedimiento “SG03: Subdirección de Servicios
Generales: viajes” para regular las indemnizaciones por razón de servicio para los
desplazamientos de su personal, que se ajustaba a lo establecido en la Orden HAP/1741/2015, al
RD 462/2002 en las cuantías y al RD 451/2012. Según el procedimiento, los directivos no
requerían autorización para realizar los viajes necesarios en el ejercicio de sus funciones, si bien
los medios de transporte y de alojamiento se regulan por las normas generales de todo el
personal. Durante el ejercicio 2018, los gastos de viaje del personal directivo, en concepto de
transporte y alojamiento, ascendieron a 9.517,18 euros.
Enaire E.P.E.
Corresponde al Presidente de ENAIRE, que es quien ocupe el cargo de Secretario de Estado de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, nombrar y separar al personal directivo según la
modificación introducida por la disposición adicional decimonovena de la Ley 18/2014 en los
Estatutos de la Entidad, aprobados por el RD 905/1991.
Durante el ejercicio 2018, en el organigrama había ocho puestos directivos: el Secretario General,
el Director de Comunicación, el Director de Servicios y de Navegación Aérea, el Jefe de División
de Gabinete de la dirección general, el Jefe de División de Seguridad, Calidad y Medio Ambiente,
la Directora Económico-Financiera, la Directora de Desarrollo Empresarial y la Directora de
Personas.
Solamente tienen la consideración de alta dirección en los términos previstos en el RD 451/2012
el Secretario General, el Director de Comunicación y el Director de Servicios y de Navegación
Aérea, que dependen directamente del Director General; los otros cinco directivos mantenían con
la Entidad una relación laboral de régimen común. El Secretario General es funcionario de carrera
en situación de servicios especiales. En el ejercicio 2018 no se produjeron ceses ni
cve: BOE-A-2024-13275
Verificable en https://www.boe.es
El Director General es el máximo responsable. El 29 de mayo de 2015, el Consejo de
Administración de ENAIRE acordó, a propuesta de su Presidente, el nombramiento del Director
General, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimonovena de la Ley
18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la
competitividad y la eficiencia, habiéndose publicado en el BOE el 24 de junio de 2015. El Director
General no es miembro del Consejo de Administración y tiene la consideración de alto cargo, por
lo que mediante Resolución de 26 de septiembre de la Secretaría de Estado de la Función Pública
se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21.5 de la Ley 3/2015, publicando la declaración
de bienes y derechos patrimoniales.