III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13275)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Sistema Retributivo y de Designación o Contratación de los órganos de Gobierno y Dirección de las Entidades del Sector Público Empresarial Estatal no financiero, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 76855

La Orden comunicada del MHAP, de 8 de enero de 2013, aprobó la cuantía máxima anual de las
compensaciones por asistencia a las sesiones de los Consejos de Administración de las
sociedades mercantiles estatales. Dichas cuantías se pueden incrementar en un máximo de 1.520
euros anuales por la asistencia a las comisiones de auditoría y otras comisiones delegadas del
Consejo de Administración previstas en los estatutos, en aquellas sociedades mercantiles que, a
la entrada en vigor de la Orden, vinieran compensando la asistencia a dichas comisiones.
Por último, las entidades que componen el ámbito subjetivo de esta fiscalización están sometidas,
además, a la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
(Ley de Transparencia), en virtud de su artículo 2.1, y a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres (Ley de Igualdad).
I.3. OBJETO Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN

Esta fiscalización se configura como una fiscalización de cumplimiento según lo dispuesto en las
Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas y, además, tiene carácter horizontal. El objetivo
general ha consistido en efectuar un análisis global del grado de cumplimiento de las
disposiciones legales y reglamentarias que regulan el sistema retributivo y de designación de los
órganos de gobierno y dirección de las entidades fiscalizadas, siendo sus objetivos específicos los
siguientes:
a) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que resultan de
aplicación a la designación y/o contratación de los órganos de gobierno y dirección.
b) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de ceses de
altos cargos y extinciones de contratos de personal directivo, así como, en su caso, determinar el
coste asociado a aquellos.

c) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que resultan de
aplicación a la situación de los altos cargos y personal directivo, destituidos o cesados.

d) Comprobar la adaptación del número de miembros del Consejo de Administración y de
directivos de cada entidad a la normativa que les resulta de aplicación. Asimismo, comprobar el
cumplimiento de las limitaciones establecidas para la percepción de las dietas de los miembros de
los órganos de administración.
e) Verificar la adaptación a la normativa de aplicación de los contratos de los máximos
responsables y personal directivo, su estructura retributiva, así como el pago de las liquidaciones
e indemnizaciones por la extinción de los contratos.

Su ámbito subjetivo lo integran once Entidades, seleccionadas de entre las empresas estatales y
otros entes públicos integrantes del sector público estatal no financiero mediante selección de
elementos específicos, conforme los siguientes criterios:
1. Que dispongan de Presidente, Consejero delegado o Director general que tenga atribuida
la condición de alto cargo y/o máximo responsable.

cve: BOE-A-2024-13275
Verificable en https://www.boe.es

f) Analizar las cuestiones relacionadas con las prescripciones de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, así como las iniciativas que hayan sido llevadas a cabo en
observancia de las previsiones contenidas en la Ley de Igualdad, en todo aquello en que lo
dispuesto en estas normas pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.