III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13274)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos tramitados como de emergencia y de urgencia por las Confederaciones Hidrográficas del Guadalquivir, del Segura y del Júcar, así como de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla durante los ejercicios 2008 a 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 76803

Ninguno de los organismos autónomos incluidos en el ámbito subjetivo de la presente fiscalización
había aprobado normas reguladoras de la expedición de órdenes de pago “a justificar”, lo que
debería haberse llevado a cabo de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.1. del Real Decreto
640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados “a justificar”; normas cuya aprobación era requisito
previo para la expedición de libramientos de pagos a justificar según lo dispuesto en los puntos 1 y
2 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 23 de diciembre de 1987, por la que se
dictan normas para el desarrollo y aplicación del precitado RD. No obstante, de acuerdo con lo
previsto en los artículos 97.1.c) de la LCSP y 113.1.c) del TRLCSP, se autorizó la expedición de
libramientos “a justificar” en los contratos del anexo 1 que figuran en el siguiente cuadro:

cve: BOE-A-2024-13274
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 158