III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13268)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de los servicios de seguridad privada y de limpieza realizada por los Ministerios del Área Político-Administrativa del Estado y sus organismos dependientes, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
I.3.
Sec. III. Pág. 76109
OBJETIVOS Y ALCANCE
Se ha llevado a cabo una fiscalización de cumplimiento cuyos objetivos generales están previstos
en las Directrices Técnicas aprobadas por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 30 de abril de 2020,
siendo éstos:
1. Verificar el cumplimiento de la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas la documentación
establecida por las normas legales y por la Instrucción General relativa a la remisión telemática al
Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de
contratos, convenios y encomiendas de gestión celebrados por las entidades del sector público
estatal y autonómico, aprobada por Acuerdo del Pleno de 28 de junio de 2018.
2. Analizar la preparación, adjudicación y formalización de los contratos y su sometimiento a la
legalidad vigente. En particular, se analizará:
a) Si en la documentación preparatoria se acredita suficientemente la necesidad del contrato y si
se ha calculado el valor estimado de cada contrato teniendo en cuenta los precios de mercado,
su idoneidad para el efectivo cumplimiento del contrato y los costes laborales de su ejecución.
b) Los requisitos de capacidad y solvencia de las empresas para contratar con la Administración
y su justificación en el expediente.
c) El contenido de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) y de los Pliegos
de Prescripciones Técnicas (PPT) con arreglo a la normativa vigente.
d) Los procedimientos de adjudicación utilizados en especial en los supuestos en que los contratos
se adjudiquen por procedimientos restrictivos de la publicidad y la concurrencia.
En aquellos casos en los que el procedimiento de adjudicación sea el negociado, se analizará
especialmente la justificación del procedimiento elegido, así como la observancia de los
requisitos previstos legalmente para este procedimiento de selección, verificando, en particular,
la inclusión de los aspectos técnicos y económicos objeto de negociación.
e) La justificación de los criterios de valoración de las ofertas elegidos para la adjudicación de los
contratos; en particular, la configuración del criterio del precio y la valoración de su aplicación.
f)
Las actuaciones de las mesas de contratación, en especial, en relación con la valoración de las
ofertas presentadas y de las propuestas de adjudicación, para verificar que se realizó de
acuerdo con los PCAP y con los principios que deben regir la contratación pública.
3. Analizar la ejecución y el cumplimiento de los contratos y su sometimiento a la legalidad vigente.
En el procedimiento de fiscalización se han realizado todas las pruebas y actuaciones que se han
considerado necesarias para dar cumplimiento a los objetivos señalados utilizando los
procedimientos y técnicas habituales de auditoría. En particular, se han aplicado las Normas de
Fiscalización del Tribunal de Cuentas, aprobadas por el Pleno de la Institución en su reunión de 23
de diciembre de 2013 y modificadas por diversos Acuerdos del Pleno de fechas de 29 de octubre
de 2015, 24 de noviembre de 2016, 22 de marzo y 31 de mayo de 2018, 25 de julio y 28 de
noviembre de 2019 y 28 de mayo de 2020.
cve: BOE-A-2024-13268
Verificable en https://www.boe.es
4. Verificar el cumplimiento de las prescripciones de transparencia, sostenibilidad ambiental e
igualdad de género establecidas por la normativa, en todo aquello en que pudiera tener relación con
el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
I.3.
Sec. III. Pág. 76109
OBJETIVOS Y ALCANCE
Se ha llevado a cabo una fiscalización de cumplimiento cuyos objetivos generales están previstos
en las Directrices Técnicas aprobadas por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 30 de abril de 2020,
siendo éstos:
1. Verificar el cumplimiento de la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas la documentación
establecida por las normas legales y por la Instrucción General relativa a la remisión telemática al
Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de
contratos, convenios y encomiendas de gestión celebrados por las entidades del sector público
estatal y autonómico, aprobada por Acuerdo del Pleno de 28 de junio de 2018.
2. Analizar la preparación, adjudicación y formalización de los contratos y su sometimiento a la
legalidad vigente. En particular, se analizará:
a) Si en la documentación preparatoria se acredita suficientemente la necesidad del contrato y si
se ha calculado el valor estimado de cada contrato teniendo en cuenta los precios de mercado,
su idoneidad para el efectivo cumplimiento del contrato y los costes laborales de su ejecución.
b) Los requisitos de capacidad y solvencia de las empresas para contratar con la Administración
y su justificación en el expediente.
c) El contenido de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) y de los Pliegos
de Prescripciones Técnicas (PPT) con arreglo a la normativa vigente.
d) Los procedimientos de adjudicación utilizados en especial en los supuestos en que los contratos
se adjudiquen por procedimientos restrictivos de la publicidad y la concurrencia.
En aquellos casos en los que el procedimiento de adjudicación sea el negociado, se analizará
especialmente la justificación del procedimiento elegido, así como la observancia de los
requisitos previstos legalmente para este procedimiento de selección, verificando, en particular,
la inclusión de los aspectos técnicos y económicos objeto de negociación.
e) La justificación de los criterios de valoración de las ofertas elegidos para la adjudicación de los
contratos; en particular, la configuración del criterio del precio y la valoración de su aplicación.
f)
Las actuaciones de las mesas de contratación, en especial, en relación con la valoración de las
ofertas presentadas y de las propuestas de adjudicación, para verificar que se realizó de
acuerdo con los PCAP y con los principios que deben regir la contratación pública.
3. Analizar la ejecución y el cumplimiento de los contratos y su sometimiento a la legalidad vigente.
En el procedimiento de fiscalización se han realizado todas las pruebas y actuaciones que se han
considerado necesarias para dar cumplimiento a los objetivos señalados utilizando los
procedimientos y técnicas habituales de auditoría. En particular, se han aplicado las Normas de
Fiscalización del Tribunal de Cuentas, aprobadas por el Pleno de la Institución en su reunión de 23
de diciembre de 2013 y modificadas por diversos Acuerdos del Pleno de fechas de 29 de octubre
de 2015, 24 de noviembre de 2016, 22 de marzo y 31 de mayo de 2018, 25 de julio y 28 de
noviembre de 2019 y 28 de mayo de 2020.
cve: BOE-A-2024-13268
Verificable en https://www.boe.es
4. Verificar el cumplimiento de las prescripciones de transparencia, sostenibilidad ambiental e
igualdad de género establecidas por la normativa, en todo aquello en que pudiera tener relación con
el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.