III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13269)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de personal en la CRTVE, ejercicios 2014 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 76183
I. INTRODUCCIÓN DEL INFORME
I.1. INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN
1.1. La elaboración del Informe de fiscalización de la contratación de personal en la Corporación
Radio y Televisión Española (CRTVE, o la Entidad), ejercicios 2014-2019, se incluyó en el Programa
de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para el año 2020, aprobado por su Pleno el 19 de
diciembre de 2019, en virtud de la iniciativa reconocida a las Cortes Generales por el artículo 45 de
la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo.
1.2. Esta iniciativa se manifestó en la Resolución de la Comisión Mixta Congreso-Senado para las
relaciones con el Tribunal de Cuentas, de 7 de febrero de 2019, que acordó lo siguiente: “Recabar
al Tribunal de Cuentas la realización de un Informe de fiscalización específico de la contratación de
personal en la Corporación RTVE en el periodo comprendido entre los años 2014 a 2018 ambos
incluidos. El informe que [se] solicita, en aras de la necesaria exigencia de transparencia en la
gestión de la corporación pública, debe contener el número total de contratos realizados en el
período indicado, su ubicación geográfica y orgánica, la justificación de su necesidad, si se
respetaron los protocolos respecto al orden de prelación en el Banco de Datos interno, cuántos han
finalizado como contratos indefinidos por sentencia judicial y con qué categoría laboral, así como
los criterios técnicos y económicos seguidos por la corporación para efectuar esos contratos”.
Aunque la Comisión Mixta solicitaba la fiscalización del periodo 2014-2018, el Tribunal de Cuentas,
al acordar incluirla en el Programa de 2020, decidió añadir el ejercicio 2019 al ámbito temporal de
las actuaciones, para obtener los resultados más actualizados posibles.
1.3. La presente fiscalización es la segunda consecutiva que el Tribunal de Cuentas realiza en el
ámbito de la gestión del personal de CRTVE a requerimiento de la Comisión Mixta. En efecto, tras
una solicitud de la Comisión Mixta de 29 de octubre de 2018, el Tribunal realizó la fiscalización del
coste para CRTVE de las medidas de gestión de personal adoptadas a consecuencia de la
aplicación del Real Decreto-ley 4/2018, cuyo Informe fue aprobado por el Pleno del Tribunal el 30
de septiembre de 2020.
1.4. Esta fiscalización se enmarca en la puesta en práctica del Plan Estratégico del Tribunal de
Cuentas 2018-2021, contribuyendo a la consecución de diversos objetivos estratégicos del mismo.
Así, se encuadra en las actuaciones tendentes al cumplimiento del objetivo estratégico 1 “Contribuir
al buen gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera del sector público” y, en
concreto, del objetivo específico 1.2 “Fomentar buenas prácticas de organización, gestión y control
de las entidades públicas”.
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
1.6. El ámbito subjetivo está constituido por la CRTVE, que es una sociedad mercantil estatal,
entidad dotada de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar con especial autonomía
respecto de la Administración General del Estado, de las previstas en el Capítulo V del Título II,
cve: BOE-A-2024-13269
Verificable en https://www.boe.es
1.5. El Pleno del Tribunal de Cuentas, en su sesión de 28 de julio de 2020, acordó el inicio de este
procedimiento fiscalizador, y el 30 de septiembre de 2020 aprobó sus Directrices Técnicas, según
lo establecido en los apartados b) y g) del artículo 3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (LFTCu), y siguiendo lo dispuesto al efecto en las Normas
de Fiscalización del Tribunal de Cuentas aprobadas el 23 de diciembre de 2013.
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 76183
I. INTRODUCCIÓN DEL INFORME
I.1. INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN
1.1. La elaboración del Informe de fiscalización de la contratación de personal en la Corporación
Radio y Televisión Española (CRTVE, o la Entidad), ejercicios 2014-2019, se incluyó en el Programa
de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para el año 2020, aprobado por su Pleno el 19 de
diciembre de 2019, en virtud de la iniciativa reconocida a las Cortes Generales por el artículo 45 de
la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo.
1.2. Esta iniciativa se manifestó en la Resolución de la Comisión Mixta Congreso-Senado para las
relaciones con el Tribunal de Cuentas, de 7 de febrero de 2019, que acordó lo siguiente: “Recabar
al Tribunal de Cuentas la realización de un Informe de fiscalización específico de la contratación de
personal en la Corporación RTVE en el periodo comprendido entre los años 2014 a 2018 ambos
incluidos. El informe que [se] solicita, en aras de la necesaria exigencia de transparencia en la
gestión de la corporación pública, debe contener el número total de contratos realizados en el
período indicado, su ubicación geográfica y orgánica, la justificación de su necesidad, si se
respetaron los protocolos respecto al orden de prelación en el Banco de Datos interno, cuántos han
finalizado como contratos indefinidos por sentencia judicial y con qué categoría laboral, así como
los criterios técnicos y económicos seguidos por la corporación para efectuar esos contratos”.
Aunque la Comisión Mixta solicitaba la fiscalización del periodo 2014-2018, el Tribunal de Cuentas,
al acordar incluirla en el Programa de 2020, decidió añadir el ejercicio 2019 al ámbito temporal de
las actuaciones, para obtener los resultados más actualizados posibles.
1.3. La presente fiscalización es la segunda consecutiva que el Tribunal de Cuentas realiza en el
ámbito de la gestión del personal de CRTVE a requerimiento de la Comisión Mixta. En efecto, tras
una solicitud de la Comisión Mixta de 29 de octubre de 2018, el Tribunal realizó la fiscalización del
coste para CRTVE de las medidas de gestión de personal adoptadas a consecuencia de la
aplicación del Real Decreto-ley 4/2018, cuyo Informe fue aprobado por el Pleno del Tribunal el 30
de septiembre de 2020.
1.4. Esta fiscalización se enmarca en la puesta en práctica del Plan Estratégico del Tribunal de
Cuentas 2018-2021, contribuyendo a la consecución de diversos objetivos estratégicos del mismo.
Así, se encuadra en las actuaciones tendentes al cumplimiento del objetivo estratégico 1 “Contribuir
al buen gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera del sector público” y, en
concreto, del objetivo específico 1.2 “Fomentar buenas prácticas de organización, gestión y control
de las entidades públicas”.
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
1.6. El ámbito subjetivo está constituido por la CRTVE, que es una sociedad mercantil estatal,
entidad dotada de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar con especial autonomía
respecto de la Administración General del Estado, de las previstas en el Capítulo V del Título II,
cve: BOE-A-2024-13269
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1.5. El Pleno del Tribunal de Cuentas, en su sesión de 28 de julio de 2020, acordó el inicio de este
procedimiento fiscalizador, y el 30 de septiembre de 2020 aprobó sus Directrices Técnicas, según
lo establecido en los apartados b) y g) del artículo 3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (LFTCu), y siguiendo lo dispuesto al efecto en las Normas
de Fiscalización del Tribunal de Cuentas aprobadas el 23 de diciembre de 2013.